Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2016 (10/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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ORDENANZA

NORMAS LEGALES

Domingo 10 de julio de 2016 /

El Peruano

VALIDA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL DEL DISTRITO PARA EL AÑO 2016 Artículo Primero.- VALIDAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito para el año 2016, mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, disponga la publicación del Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito para el año 2016 en la página web de la Corporación Edil, cuya dirección electrónica es: http://www.munijesusmaria.gob.pe. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1402063-1

de una nueva Ordenanza Municipal para la ratificación de las Modificaciones y Actualización del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016 de Los Olivos, en mérito a lo señalado en las ultimas directivas dadas por el Ministerio de Economía y Finanzas a través del CONASEC, en la que se señale la aprobación de las modificaciones realizadas a este Plan así como también la actualización; Que, con Informe Nº 438-2016/MDLO/GAJ de fecha 21 de junio de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por declarar PROCEDENTE lo solicitado por el Secretario Técnico del CODISEC - Los Olivos, por consiguiente, y de conformidad con los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-2015-IN, se debe emitir una nueva Ordenanza Municipal, mediante la cual se ratifiquen las modificaciones y actualización del "PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS 2016"; Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Nº 440 -2016/CDLO QUE RATIFICA LAS MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS 2016 Artículo Primero.- RATIFICAR las MODIFICACIONES que en detalle se adjuntan a la presente, que consta de tres (03) Anexos y once (11) folios, y la ACTUALIZACIÓN DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS 2016 que fuera ratificado por Ordenanza Nº 429-CDLO de fecha 14 de enero de 2016 y que en Anexo Nº 04 forma parte integrante de la presente Ordenanza, que consta de 290 folios y 6 planos. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, SECRETARÍA TÉCNICA DEL CODISEC, a la GERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión, a la SECRETARÍA GENERAL su publicación en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO, y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN y la SUBGERENCIA DE SOPORTE, REDES Y TELECOMUNICACIONES su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMIREZ Alcalde 1401880-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Ratifican modificaciones y actualización del Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de Los Olivos 2016
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 440-CDLO Los Olivos, 30 de junio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 002-2016-MDLO/CPSGC de la Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala que: "Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución"; Que, con Ordenanza Municipal Nº 429-CDLO de fecha 14 de enero de 2016 se Ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Los Olivos 2016, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC Los Olivos 2016; Que, mediante Oficio Nº 289-2016/MDLO/GSC/CODISECST, el Secretario Técnico del CODISEC-LOS OLIVOS, manifiesta que en el mes de febrero se les comunicó de las modificaciones que deberían realizar de acuerdo a la guía metodológica, levantando en su oportunidad las observaciones, presentándolas al CODISEC-LOS OLIVOS, siendo aprobadas y presentadas al CORESEC y al CONASEC. Que, mediante Oficio Nº 289-2016/MDLO/GSC/ CODISEC-ST de fecha 15 de junio de 2016, la Secretaría Técnica del CODISEC de Los Olivos, solicita la emisión

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Aprueban el Comité de Seguimiento y Gestión de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 105-2016-ALC/MDPP Puente Piedra, 27 de junio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 0160-2016-GPP/MDPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sobre la conformación del Comité de Seguimiento y Gestión de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, el Informe legal Nº 171-2016-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su