Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2016 (10/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 10 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592603

Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. N° 1042-2001MTC/15.03 a favor de Radiodifusión TV Sucre E.I.R.L.
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 969-2016-MTC/03 Lima, 23 junio de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº T-118610-2016 del 28 de abril de 2016, presentado por el señor CRESCENCIO OROSCO MOREYRA, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 1042-2001-MTC/15.03, renovada con Resolución Viceministerial N° 362-2013-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Asquipata ­ Morcolla ­ Querobamba, departamento de Ayacucho, a favor de la empresa RADIODIFUSIÓN TV SUCRE E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 3622013-MTC/03 del 01 de agosto de 2013, se renovó la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 1042-2001-MTC/15.03 al señor CRESCENCIO OROSCO MOREYRA, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 12 de marzo de 2022, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Asquipata ­ Morcolla ­ Querobamba, departamento de Ayacucho; Que, con escrito de Visto, el señor CRESCENCIO OROSCO MOREYRA, solicitó la aprobación de la transferencia de la autorización que le fuera renovada con Resolución Viceministerial N° 362-2013-MTC/03, a favor de la empresa RADIODIFUSIÓN TV SUCRE E.I.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 1847-2016MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 1042-2001-MTC/15.03, y renovada con Resolución Viceministerial N° 362-2013-MTC/03 al señor CRESCENCIO OROSCO MOREYRA, a favor de la empresa RADIODIFUSIÓN TV SUCRE E.I.R.L., y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos

Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor CRESCENCIO OROSCO MOREYRA con Resolución Viceministerial N° 1042-2001-MTC/15.03, y renovada con Resolución Viceministerial N° 3622013-MTC/03, a favor de la empresa RADIODIFUSIÓN TV SUCRE E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización. Articulo 2º.Reconocer a la empresa RADIODIFUSIÓN TV SUCRE E.I.R.L., como titular de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 1042-2001-MTC/15.03, y renovada con Resolución Viceministerial N° 362-2013-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1402077-1

Declaran aprobada transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 654-2002-MTC/03 a GRUPORPP S.A.C
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 981-2016-MTC/03 Lima, 23 de junio de 2016 VISTOS, los escritos de registro Nº 2008-024831 del 17 de junio de 2008 y P/D Nº 147362_3 de fecha 29 de diciembre de 2008; presentados por la empresa STUDIO STEREO S.AC, sobre aprobación de renovación de la autorización otorgada Resolución Viceministerial Nº 654-2002-MTC/03, así como la transferencia favor de la empresa RADIOPOLIS S.A.C (actualmente GRUPORPP S.A.C.), respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 6542002-MTC/03 del 11 de diciembre de 2002, otorgó autorización por el plazo de diez (10) años, a la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., para la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; señalando que dicho plazo incluye el período de un (01) año otorgado por Resolución Viceministerial Nº 148-98-MTC/15.17, por lo tanto, vencerá el 20 de junio de 2008; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 7802007-MTC/02 del 15 de octubre de 2007, se declaró aprobada la transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 654-2002-MTC/03 a la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., a favor de la empresa STUDIO STEREO S.A.C.; Que, con escrito de registro Nº 2008-024831 del 17 de junio de 2008, la empresa STUDIO STEREO S.A.C., solicitó la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 654-2002-MTC/03; Que, mediante escrito de registro P/D Nº 147362_3 del 29 de diciembre de 2008, la empresa STUDIO STEREO S.A.C, solicita se apruebe la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial