Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2016 (10/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Domingo 10 de julio de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban el Reglamento de Funciones del Concejo Municipal Escolar del distrito de Villa María del Triunfo
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2016-MVMT Villa María del Triunfo, 30 de junio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorándum Nº 287-2016-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 306-2016-MVMTGAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 93-2016-GDSLCP/MVMT de la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha Contra La Pobreza, el Informe Nº 481-2016-SGSPBS/GDSLCP/MVMT de la Sub Gerencia de Salud Pública y Bienestar Social; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del estado, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada Prestación de Servicios Públicos, así como el Desarrollo Integral de su Jurisdicción; Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, la autonomía señalada en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú y en la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la misma deber ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los limites que señala la ley; Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades en materia de educación, cultura y recreación tienen como competencia y funciones específicas compartidas con el Gobierno Nacional y Regional, el de promover el desarrollo sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadores; Que, de conformidad a lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 53º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, al estudiante le corresponde organizarse en municipios escolares y otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad, inclusive emitiendo opinión sobre la calidad del servicio educativo que recibe, respectivamente; Que, mediante las Resoluciones Viceministerial Nº 0019-2007-ED y Nº 0045-2011-ED, se aprobaron las "Normas y orientaciones para la Organización e Implementación de los Municipios Escolares"; Que, con Resolución Viceministerial Nº 0067-2011ED, se aprobó las "Normas y Orientaciones para la Organización, Implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares"; Que, a través de la Ordenanza Nº 212-2016-MDVMT de fecha 26.02.2016, se crea el Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo, como órgano de coordinación de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, con el objeto de crear un espacio de participación de las niñas, niños y adolescentes escolares de la circunscripción distrital; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los Decretos de Alcaldía

establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta aplicación y eficiente administración municipal; Que, mediante Informe Nº 306-2016-MVMT-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento de Funciones del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo, se encuentra acorde con el ordenamiento jurídico vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6) del Artículo 20º, y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidad; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Funciones del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo, según lo expuesto en la parte considerativa y conforme al documento que forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha Contra La Pobreza, Sub Gerencia de Salud Pública y Bienestar Social, y demás Unidades Orgánicas, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde REGLAMENTO DE FUNCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL ESCOLAR DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO I. GENERALIDADES Artículo 1º.- El presente Reglamento norma la Organización, funciones y recursos para el funcionamiento del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. Artículo 2º.- El Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo es una organización de segundo grado, constituido en base por todos los Municipios Escolares existentes en las Instituciones Educativas de la localidad, con la finalidad de promover, coordinar y ejecutar actividades con los Municipios Escolares y otras organizaciones de niños, niñas y adolescentes del Distrito, provincia o región; para promover los derechos de participación y opinión que la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y Código de los Niños y Adolescentes del Perú, les reconoce. Artículo 3º.- El Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo representa orgánicamente a todos los Municipios Escolares y constituye una instancia de apoyo a la infancia y adolescencia organizada. En su organización y funcionamiento, son asesorados por la Gerencia de Desarrollo Social, Demuna, Docentes Asesores, Ugel 01 y Sociedad Civil. II. BASE LEGAL - Constitución Política del Perú. - Resolución Legislativa Nº 25278, Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. - Ley Nº 27337, Código de los Niños y Adolescentes. - Ley Nº 28044, Ley General de Educación. - Ordenanza Nº 212-2016-MVMT. - Resolución Viceministerial 0067-2011-ED III. FINES Y ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL ESCOLAR DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo 4º.- Son fines del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo: