Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2016 (08/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 8 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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ambas modificadas por el Decreto Legislativo N° 1240, y el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Miguel Ángel Sifuentes Tueros y al señor Dionisio Alberto Peña Jayo, como representantes, titular y suplente, respectivamente del Gobierno Regional de Ica ante el Directorio de la EPS EMAPICA S.A. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, a la Contraloría General de la República y a la EPS EMAPICA S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1400795-2

Designan representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la EPS SEDACHIMBOTE S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2016-VIVIENDA Lima, 5 de julio de 2016 VISTOS; el Memorándum Nº 429-2016-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustentado en el Informe Nº 214-2016-VIVIENDA/VMCS-DGPRCSDS de la Dirección de Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1240, en adelante la Ley General, tiene por objeto establecer las normas que rigen la prestación de los servicios de saneamiento, señalando el marco a que se someten todos los prestadores de servicios de saneamiento y sus usuarios a nivel nacional, tanto en el ámbito urbano como en el rural; Que, el artículo 20 de la citada Ley General, establece que el directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales - EPS se encuentra compuesto, en el caso de las EPS municipales de mayor tamaño por cinco (5) miembros, entre otros, por un (1) representante de la Sociedad Civil, propuesto según sus estatutos o normas pertinentes por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades; Que, el artículo 20-A de la Ley General establece que, la elección o designación de los miembros del directorio de una EPS municipal, salvo la del(os) miembro(s) del directorio representante(s) de la(s) municipalidad(es) accionista(s) que realiza la Junta General de Accionistas, es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial, la cual tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente; Que, la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1240, crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de ejecutar la política del sector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las EPS, y cuenta en su estructura orgánica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, el artículo 21 del Reglamento de la Ley Nº 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece que el Directorio de las EPS está integrado, entre otros, por un (01) representante titular y un (01)

suplente de la sociedad civil, para lo cual los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades propondrán un candidato, electo según sus estatutos o normas pertinentes, los cuales serán evaluados y elegidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento entre los candidatos propuestos; conforme a lo dispuesto por el penúltimo párrafo del inciso b) de su Única Disposición Complementaria Transitoria; Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento "Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima", EPS SEDACHIMBOTE S.A., presentó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a los candidatos propuestos por las entidades representantes de la Sociedad Civil ubicadas en su ámbito de responsabilidad, a fin que se evalúe y elija al director titular y al suplente ante el Directorio de la citada EPS; Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la EPS SEDACHIMBOTE S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento; la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, ambas modificadas por el Decreto Legislativo Nº 1240, y el Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la EPS SEDACHIMBOTE S.A. a: - LIC. SANTOS FELIPE LLENQUE TUME (titular). - CPC. YURI GAGARIN GONZALES RENTERÍA (suplente). Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, a la Contraloría General de la República y a la EPS SEDACHIMBOTE S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1400795-3

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de diversas municipalidades para financiar proyectos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 095-2016-DV-PE Lima, 7 de Julio de 2016 VISTOS: Los Memorándums N° 197-2016-DV-DATE-PIRDAIS y Nº 640-2016-DV-DATE-PIRDAIS, del 03 de febrero y 23 de junio de 2016 respectivamente, mediante los cuales la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible -