Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2016 (08/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de julio de 2016 /

El Peruano

Visto, el Expediente N° 15-000994-001 que contiene el Memorando N° 005-2015-DVM-SP/MINSA, del Despacho Viceministerial de Salud Pública, la Nota Informativa N° 008-MDA-JAR-DSVSP/DGE-2015, con Proveído N° 0752015-DGE/MINSA, de la entonces Dirección General de Epidemiología, y el Informe N° 0011-2016-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 763-2014/MINSA, se aprobó el Documento Técnico: "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la posible introducción del Virus del Ébola; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 777-2014/ MINSA, se aprobó la conformación del Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola, con la finalidad de brindar asesoramiento al Ministerio de Salud en las acciones de preparación y respuesta ante el riesgo de Introducción del virus Ébola en el Perú; Que, con Resolución Ministerial N° 934-2014/MINSA, se modificó el literal a) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 777-2014/MINSA, a fin de reconformar el "Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola"; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 003-2014, se dictaron medidas urgentes y excepcionales en materia económica y financiera destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al riesgo de introducción del Virus de Ébola en el territorio nacional, con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2014; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, creó el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; Que, mediante el documento de visto, la entonces Dirección General de Epidemiologia sustentó técnicamente la conclusión de funciones del Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola, al haber cumplido con el encargo conferido; Que, mediante el documento de visto, el Viceministro de Salud Pública ha propuesto dar por concluidas las funciones del Comité Nacional en referencia, al haber cumplido con brindar asesoramiento al Ministerio de Salud en las acciones de preparación y respuesta ante el riesgo de introducción del Virus Ébola en el Perú; Estando a lo propuesto por el Viceministro de Salud Pública; Que, mediante el Informe N° 0011-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las funciones del Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ index.asp?op=115 Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1401766-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 473-2016/MINSA Lima, 7 de julio del 2016 Visto, el Expediente N° 16-059866-002, que contiene el Informe N° 148-2016-OGPPM-OPF/MINSA de la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se expidió la Resolución Ministerial N° 820-2015/MINSA, de fecha 17 de diciembre de 2015 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2016 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto anual que se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90) días calendario contados a partir de la vigencia de cada Ley Anual de Presupuesto; Que, las transferencias financieras a las que se refiere el considerando precedente se financian con cargo al presupuesto institucional del Pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante Resolución Ministerial previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se deberá indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego, publicándose en el diario oficial El Peruano; Que, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida Ley, mediante Decreto Supremo N° 021-2016-PCM se estableció como monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado al Pliego 026: Ministerio de Defensa para las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios, la suma de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 152 875,00) en la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficio N° 1332-2016-SG/MINSA, se solicitó al Ministerio de Defensa apoyo para traslado aéreo para el cumplimiento de las funciones a cargo del Ministerio de Salud; Que, mediante Oficio N° 2293-2016-PCM/SG-OGPP y los Informes N°s 0121 y 0125-2016-PCM/OGPP, la Presidencia del Consejo de Ministros informa que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo destinado a las operaciones de apoyo fijado mediante el Decreto Supremo N° 021-2016-PCM, por lo que solicitan