Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2016 (08/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Viernes 8 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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se incorporen en el comité, participando en ceremonia pública de instalación. Artículo Quinto.- PRECISAR que las funciones específica a desarrollar por el comité son orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien: 5.1. El análisis de la problemática de la infancia y la familia en la localidad. 5.2. La elaboración e implementación de propuestas de acciones interinstitucionales para la atención de los niños, niñas y adolescentes priorizando a aquellos que se encuentran en situación de riesgo y la familia a nivel local. 5.3. La comunicación y anexo entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el gobierno local. 5.4. La evaluación del cumplimiento de la convención sobre los derechos del niño y del código de los niños y adolescentes en la localidad. Artículo Sexto.- DISPONER que a través de la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de San Luis, la publicación, distribución y notificación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en la web del portal institucional Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su promulgación y publicación, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y demás normatividad conexa aplicable. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1401723-1

Comunitario 2016, convocado por la Municipalidad Provincial del Callao, para el mes de agosto del presente año. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1401265-1

Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, incorporando el Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2016-MPC-AL Callao, 30 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Informe Nº 02-2016-MPC-SG-ADD del Abogado responsable de verificar los requisitos del procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, sobre modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal N° 027-2014 de fecha 26 de diciembre del 2014, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, por Ordenanza Municipal N° 000049 del 12 de agosto del 2008, se aprobó los procedimientos, requisitos y derechos de pago del Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad Provincial del Callao, incorporándolo en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos como Procedimiento N° 1 en la Unidad Orgánica: Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación; Que, conforme a lo señalado en el informe de visto es necesario simplificar la tramitación del Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior unificándolo en la unidad orgánica donde se lleva a cabo mayoritariamente el proceso, para lo cual se debe modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, el artículo 36° numeral 3) en concordancia con el artículo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se realiza mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Asesoría Jurídica y Conciliación, y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran del pago de diversos derechos administrativos a contrayentes que participen del II Matrimonio Civil Comunitario 2016
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2016 Callao, 23 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto los Dictámenes N° 038-2016-MPC/ CMPC-SR-COAD de la Comisión de Administración y N° 003-2016-MPC/CMPC-SR-COSERSOSA de la Comisión de Servicios Sociales y Sanidad en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1.- Exonerar del pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicación de edicto, a los contrayentes que participen del II Matrimonio Civil