Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2016 (08/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 8 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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que en aplicación a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se realice las transferencias financieras del caso; Que, mediante Oficio N° 1262-2016-MINDEF/SG, el Secretario General del Ministerio de Defensa, informa sobre los gastos por las operaciones de apoyo aéreo a favor del Sector Salud, indicando que los mismos ascienden a la suma de S/ 74 157.71; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, señala que dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, mediante el Informe de Visto, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite su opinión favorable a la transferencia financiera hasta por la suma de SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 74 158,00), para cubrir el gasto por el apoyo al que se ha hecho mención en los considerandos precedentes, para un mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Salud; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de Ia Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y con las visaciones de la Directora General de Ia Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de Ia Directora General de Ia Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, hasta por la suma de SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 74 158,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, para financiar las operaciones de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas durante el Año Fiscal 2016, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Producto 3.999999 Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372,

Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 5.- Información El Ministerio de Defensa, informará al Ministerio de Salud, de las acciones de apoyo que brinden para la atención de las emergencias sanitarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1401766-2

Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 474-2016/MINSA Lima, 7 de julio del 2016 Visto, el Expediente N° 16-048006-001, que contiene el Informe N° 049-2016-OGPPM-OOM/MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 0042013-PCM, establece que todas las entidades públicas deben implementar mecanismos de simplificación administrativa a fin de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011PCM, se aprobó la Metodología de Simplificación Administrativa, con el objetivo general de brindar pautas a las entidades públicas para la eliminación y simplificación de procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral; Que, el numeral 4.1.1 de la Metodología de Simplificación Administrativa, establece que a efectos de desarrollar el proceso de simplificación administrativa, se deberá conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación y de supervisar y facilitar la labor del Equipo de Mejora Continua, encargado de planificar y gestionar el proceso de simplificación administrativa al interior de la entidad del sector público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 186-2015PCM, se aprobó el "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía" en las entidades de la Administración Publica; Que, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 001-2015-PCM-SGP, se aprobaron los lineamientos para el proceso de implementación del Manual citado en el considerando precedente, señalándose en el numeral 1 del acápite 4.1 del artículo 4 de los lineamientos antes mencionados, que debe ratificarse o conformar el Equipo de Mejora Continua, según corresponda; Que, a través del documento de Visto, Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización solicita la conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y del Equipo de Mejora Continua, señalando que habiéndose actualizado diversos documentos de gestión en el Ministerio de Salud, es necesario actualizar y/o conformar los equipos de Simplificación Administrativa y de mejora continua de los procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), indicando que ello permitirá desarrollar actividades destinadas a identificar procedimientos que contengan la menor