Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2016 (08/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 8 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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para la inscripción del acto de adhesión se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales; Que, conforme al Asiento Registral N° 003 de la Partida N° 001 del Registro de Mancomunidades Regionales se formalizó la inscripción administrativa del cambio de denominación de la "Mancomunidad Regional Apurímac ­ Ayacucho ­ Huancavelica" a "Mancomunidad Regional de Los Andes", así como, la formalización de la inscripción administrativa de la adhesión de los Gobiernos Regionales de Junín e Ica a la "Mancomunidad Regional de Los Andes"; Que, acorde con el Informe N° 00099-2016-PCM/ SD-OGI, se concluye que corresponde a la Secretaría de Descentralización emitir la Resolución que ratifica la inscripción administrativa de la adhesión de los Gobiernos Regionales de Junín e Ica a la Mancomunidad Regional de Los Andes, habiéndose cumplido con el procedimiento establecido en la normativa vigente referente a los actos inscribibles de la Mancomunidad Regional, y teniendo en cuenta, el artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 050-2013-PCM y el numeral 19.1, del artículo 19° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 036-2013-PCM/ SD y modificado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 047-2013-PCM/SD y Resolución de Secretaría de Descentralización N° 014-2016-PCM/SD, en el Registro de Mancomunidades Regionales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29768, Ley de la Mancomunidad Regional; el Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante Decreto Supremo N° 050-2013-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales, aprobado mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 036-2013-PCM/SD, modificada por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 047-2013-PCM/SD y por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 014-2016-PCM/SD y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.Ratificación de Inscripción Administrativa de Adhesión Ratificar la inscripción administrativa en el Registro de Mancomunidades Regionales de la adhesión de los Gobiernos Regionales de Junín e Ica a la "Mancomunidad Regional de Los Andes". Artículo 2º.- Gobiernos Regionales Intervinientes La "Mancomunidad Regional de Los Andes", está conformado por los Gobiernos Regionales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Junín e Ica. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir la Ordenanza Regional N° 0006-2014-GOREICA, emitida por el Gobierno Regional de Ica; la Ordenanza Regional N° 180-2014-GRJ/CR, emitida por el Gobierno Regional de Junín; las Actas de Sesión de Asamblea de fecha 17 de febrero de 2014 y de Sesión de Asamblea de fecha 27 de mayo de 2014 de la Mancomunidad Regional de Los Andes, en el Registro de Mancomunidades Regionales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización 1401264-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Reconocen y felicitan a los ganadores del "Premio Nacional Cultura del Agua 2016"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 177-2016-ANA Lima, 6 de julio de 2016 VISTO El Memorando N°648-2016-ANA-DGCCI/ACINF de fecha 27 de junio de 2016, y el Informe N° 101 -2016-ANADGCCI-ACINF, de fecha 20 de junio de 2016, ambos de la Directora de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, modificado por Ley Nº 30048, se aprobó la Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que creó la Autoridad Nacional del Agua, como organismo público responsable de dictar normas y establecer procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, según el inciso o), del artículo 6°, del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, es función de la Autoridad Nacional del Agua, promover programas de educación, difusión y sensibilización sobre la importancia del agua para la humanidad, destinadas al establecimiento de una cultura del agua que reconozca el valor social, ambiental y económico de dicho recurso; Que, mediante Resolución Jefatural N°034-2016ANA, la Autoridad Nacional del Agua creó el "Premio Nacional Cultura del Agua", para reconocer a las personas naturales o jurídicas que desarrollen experiencias exitosas en Cultura del Agua en el País; Que, mediante informe N°144-2015-ANA-DGCCI/ ACINF, de fecha 29 de diciembre de 2015, se estableció las bases del "Premio Nacional Cultura del Agua 2016", en el que consignaron tres (3) Categorías con sus respectivas Sub-categorías: i) Buenas prácticas en gestión de recursos hídricos (Sub-categorías: Gran empresa privada, Mediana empresa privada, Pequeña empresa privada, Sector público, Instituciones educativas públicas y privadas, Comunidades/asociaciones comunitarias, Fundaciones/organizaciones no gubernamentales (ONG) y Proyecto individual), ii) Investigaciones (Sub-categorías: Gran empresa privada, Mediana empresa privada, Pequeña empresa privada, Sector público, Instituciones educativas públicas y privadas, Comunidades/asociaciones comunitarias, Fundaciones/ organizaciones no gubernamentales (ONG) y Proyecto individual); y iii) Proyectos Educativos (Sub-categorías: Instituciones Educativas de Educación Básica Regular públicas, Instituciones Educativas de Educación Básica Regular privadas, Instituciones Educativas de Nivel superior públicas; e Instituciones Educativas de Nivel superior privadas; estableciéndose asimismo el proceso de evaluación, así como el cronograma de premiación; Que, el Comité Evaluador, estuvo integrado por representantes de un selecto grupo de instituciones de reconocida y comprobada trayectoria pública, con amplia experiencia en las temáticas de las categorías del Premio; como resultado del proceso de evaluación y calificación llevado a cabo, se determinó a los ganadores de las mencionadas Categorías y Sub-categorías; Que, en ese sentido, y con el propósito de continuar incentivando las iniciativas que desarrollan experiencias exitosas en Cultura del Agua en el país, la Directora de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua, solicita oficializar el reconocimiento público a los ganadores del "Premio Nacional Cultura del Agua 2016", mediante la emisión de la presente resolución;