Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2016 (07/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 7 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
transmisibles y I. MONITOREO Y EVALUACIÓN

582563

enfermedades transmisibles, exposición a mercurio.

no

· Acciones de articulación intersectorial identificación de fuente de contaminación

para

- Reuniones de coordinación intersectorial para la elaboración de un plan de trabajo para la identificación de la fuente de contaminación - Monitoreo, supervisión y evaluación del plan de acción. · Acciones de promoción de la salud - Visitas domiciliarias para educación en prácticas y hábitos saludables E. INDICADORES DE CUMPLIMIENTO - Nº de atendidos por campañas realizadas - Número de niños vacunados según calendario de vacunación - Nº de despistajes de anemia en menores de 5 años y gestantes - Nº de personas que participan del dosaje de control para mercurio - Nº de personas a quienes se ha administrado tratamiento antiparasitario. - Nº de familias que adoptan hábitos y prácticas saludables F. RESPONSABLES Ministerio de Salud Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública · Dirección de Prevención de Enfermedades No Trasmisibles y Oncológicas · Dirección de Pueblos Indígenas Centro Nacional de Epidemiología Prevención y Control de Enfermedades (CDC) Dirección General de Promoción de la Salud y Gestión Territorial en Salud Oficina General de Comunicaciones Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas · Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos y otras Tecnologías Sanitarias Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) y Centro Nacional de Salud Intercultural (CENSI) del Instituto Nacional de Salud. Gobierno Regional de Ucayali Dirección Regional de Salud Ucayali · Red de Salud Atalaya. · Micro Red de Salud Sepahua · P.S. Santa Rosa de Serjali G. PLAZO Noventa (90) días calendario. H. FINANCIAMIENTO. El financiamiento se efectuará según lo dispuesto en el literal b) del artículo 16, del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2014-SA, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, por un monto de S/. 898,420.00 (Ochocientos noventa y ocho Mil cuatrocientos veinte y 00/100 Soles)

La Dirección de Pueblos Indígenas y la Dirección de Prevención de Enfermedades No Transmisibles y Oncológicas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, será la encargada de monitorear el cumplimiento de las actividades descritas en el mencionado plan de acción. La DIRESA Ucayali implementa y supervisa las actividades del presente plan a través de: - Visitas de supervisión a los establecimientos de salud - Evaluación permanente del cumplimiento de actividades y tareas - Evaluación continua de los indicadores de cumplimiento La Dirección Ejecutiva de Epidemiología de la DIRESA Ucayali realizará el monitoreo de la situación de salud. La evaluación del Plan de Acción se realizará mediante los indicadores de cumplimiento propuestos y el alcance de la meta El Centro Nacional de Salud Intercultural (CENSI) supervisará la adecuación y pertinencia intercultural de las acciones y tareas planteadas. J. RESUMEN El pueblo Nahua, Pueblo Indígena en Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI - Ley Nº 28736) ubicado en la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti y Otros de Santa Rosa de Serjali, presenta una prevalencia elevada de enfermedades transmisibles y no transmisibles que sumadas a una limitada capacidad de respuesta de los servicios de salud locales lo ubican en una situación de grave riesgo para la salud y vida de su población. Para mejorar el acceso a los servicios de salud, se ha determinado que las acciones de atención en salud, equipamiento y dotación de recursos humanos para oferta fija y móvil se desarrollará respetando sus derechos fundamentales de interculturalidad. Bajo los considerandos de que el problema de la población de Santa Rosa de Serjali, es una población en contacto inicial, ello deriva en problemas trascendentales tales como la falta de infraestructura, equipamiento y recursos humanos en salud, a lo que se suma la falta de servicios básicos como agua, desagüe, eliminación de residuos sólidos, educación, entre otros. K. RECOMENDACIONES Involucramiento de las autoridades locales, regionales para dar sostenibilidad a las acciones en salud en el tiempo. Los sectores diferentes al de Salud, tales como Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ambiente, Agricultura y Riego, Producción, Desarrollo e Inclusión Social, Cultura y Educación deberán adoptar las acciones inmediatas en el marco de sus competencias, para la determinación de la fuente de contaminación, así como para desarrollar acciones sobre los demás determinantes que pone en riesgo la salud de las personas, a fin de: implementar plantas de tratamiento de agua potable; promover y desarrollar programas de agricultura para el cultivo de alimentos diversos como fuentes de proteínas y minerales y crianza de animales; establecer programas o estrategias de alimentación que coadyuven a superar los problemas de anemia y desnutrición infantil; y, establecer estrategias de educación y mensajes educativos de salud. El Gobierno Regional de Ucayali, y las autoridades de salud del departamento de Ucayali, tienen la responsabilidad, de dar sostenibilidad a las acciones y actividades desarrolladas en el marco de los procesos iniciados en el marco de la emergencia sanitaria.