Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2016 (07/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 7 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582551

Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional"; el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los "Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades del Poder Ejecutivo, por el Periodo 2011 ­ 2016"; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir el Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la Directiva Nº 0032016-CG/GPROD y los "Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el Periodo 2011 ­ 2016", aprobados por Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, el cual está integrado por: - El/la Secretario/a General, quien lo presidirá. - El/la Jefe/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial. - El/la Jefe/a de la Oficina General de Administración. - El/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. - El/la Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica. - El/la Jefe/a de la Oficina de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano. - El/la Director/a General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales. - El/la Director/a General de Calidad de Prestaciones Sociales. - El/la Director/a General de Políticas y Estrategias. - El/la Director/a General de Seguimiento y Evaluación. - El/la Director/a General de Gestión de Usuarios. - El/la Director/a Ejecutivo/a del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES. - El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres ­ JUNTOS. - El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. - El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional Cuna Más. - El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65". Artículo 2.- El Grupo de Trabajo constituido en el artículo precedente desarrollará las funciones previstas en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", y en los "Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades del Poder Ejecutivo, por el Periodo 2011 ­ 2016", aprobados por Decreto Supremo Nº 0222016-PCM, y tendrá vigencia hasta el cumplimiento de sus funciones. Artículo 3.- Disponer que los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y sus programas sociales adscritos, bajo responsabilidad, brinden la información y documentación que les sea solicitada, y otorguen el apoyo y las facilidades necesarias que requiera el Grupo de Trabajo conformado según el artículo 1 de la presente resolución, para el adecuado cumplimiento de sus funciones, en el marco de la normativa vigente. Artículo 4.- Notificar la presente resolución ministerial a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y a sus programas sociales adscritos. Regístrese y comuníquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1364487-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
DECRETO SUPREMO Nº 076-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado establece que las normas de organización y funciones de los Organismos Públicos serán aprobadas por decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Reglamentos de Organización y Funciones de los Organismos Públicos se aprueban por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Aprueban Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se encuentran vigentes desde el 09 de enero de 2016; Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (en adelante OSCE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la referida Ley señala que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE); Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido opinión favorable; Que, en este sentido, corresponde la aprobación de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones, en el marco de los cambios normativos dispuestos por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, que consta de tres (03) Títulos, veinte (20) Capítulos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales, ciento once (111) artículos y del Organigrama del OSCE, cuyo texto y anexo forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama del OSCE aprobados