Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2016 (07/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de abril de 2016 /

El Peruano

provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Entidades Intervinientes y Plan de Acción Corresponde al Ministerio de Salud y a la Gerencia Regional de Salud Ucayali del Gobierno Regional de Ucayali, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el "Plan de Acción de la Emergencia Sanitaria para la Comunidad Nativa Nahua de Santa Rosa de Serjali, distrito de Sepahua, provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali", que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto Supremo, en el marco de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-SA. Artículo 3.- Relación de bienes y servicios La relación de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentar la emergencia sanitaria, se consigna y detalla en el Anexo II "Bienes y servicios para atender la Emergencia Sanitaria de la Comunidad Nativa Nahua de Santa Rosa de Serjali, distrito Sepahua, provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, siendo el Ministerio de Salud el responsable de su financiamiento. Las contrataciones y adquisiciones que se realicen al amparo de la presente norma deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Del Informe Final Concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, las entidades intervinientes establecidas en el artículo 2 de la presente norma, deberán informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156. Artículo 6.- Publicación El Anexo I, Plan de Acción de la Emergencia Sanitaria para la Comunidad Nativa Nahua de Santa Rosa de Serjali, distrito de Sepahua, provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali" y el Anexo II "Bienes y servicios para atender la Emergencia Sanitaria de la Comunidad Nativa Nahua de Santa Rosa de Serjali, distrito Sepahua, provincia de Atalaya en el departamento de Ucayali", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, se publican en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de abril del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud

ANEXO I PLAN DE ACCIÓN EMERGENCIA SANITARIA PARA LA COMUNIDAD NATIVA NAHUA DE SANTA ROSA DE SERJALI, DISTRITO DE SEPAHUA, PROVINCIA DE ATALAYA EN EL DEPARTAMENTO DE UCAYALI A. LUGAR O ÁMBITO El presente Plan de Acción es de aplicación para la Comunidad Nativa Nahua en Contacto Inicial de Santa Rosa de Serjali, ubicado en la Zona Nor-este de la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti y Otros del Distrito de Sepahua, Provincia de Atalaya ­ Departamento de Ucayali. B. OBJETIVO Atender médica y sanitariamente, con actividades de promoción, prevención, atención integral y especializada a la Comunidad Nativa de Santa Rosa de Serjali, mediante un programa intensificado que tiende a reducir su vulnerabilidad y riesgos para su salud C. METAS · Brindar atención integral y seguimiento especializado al 100% de la población. · Equipamiento de un establecimiento de salud: P.S. Santa Rosa de Serjali, con la dotación de equipo básico de salud y unidad de desplazamiento. · Adquisición de dos (2) equipos médicos para el laboratorio clínico de referencia: Centro de Salud de Sepahua · Implementar acciones preventivas promocionales en el 100% de los pobladores de Santa Rosa de Serjali. · Lograr una vacunación superior al 95% de niños para enfermedades prevenibles por vacunas, según el esquema establecido por el Ministerio de Salud. · Lograr administrar tratamiento antiparasitario al 100% de la población Nahua. D. ACTIVIDADES La intervención se realizará teniendo en cuenta las siguientes orientaciones: · Atención Integral y especializada - Atención Integral y especializada a la población de Santa Rosa de Serjali (Evaluación médica, Psicológica y Tratamiento antiparasitario) - Implementar acciones orientadas al mejoramiento del estado nutricional y anemia de todos los niños de la Comunidad Nativa. - Monitoreo biológico de exposición a mercurio - Vigilancia epidemiológica y seguimiento de casos · Provisión de insumos médicos en el P.S de Santa Rosa de Serjali - Adquisición de equipamiento médico. - Acceso a la protección social del Estado a través de la afiliación al Seguro Integral de Salud. · Inmunizaciones según esquema de vacunación - Visitas domiciliarias y estrategia casa por casa para aplicación de vacunas · Comunicación social con interculturalidad - Elaboración y reproducción de material educativo en idioma nativo. - Difusión de mensajes educativos a través de material audiovisual sobre la prevención para metales pesados - Charlas informativas sobre riesgos para