Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2016 (07/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de abril de 2016 /

El Peruano

Autorizan viaje de funcionario a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2016-EF/43 Lima, 6 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación GOV/RPC/A(2016)1 de fecha 22 de febrero de 2016, el Jefe de la División de Política Regulatoria de la Dirección de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas a las reuniones del Comité de Política Regulatoria, de la Red Reguladores Económicos y de las Organizaciones Internacionales para Cooperación Regulatoria Internacional, que se llevarán a cabo en la ciudad de París, República Francesa, entre los días 11 y 15 de abril de 2016; Que, las mencionadas reuniones permitirán presentar los resultados finales de la Encuesta 2015 de la OCDE sobre el proceso regulatorio de las Organizaciones Internacionales, así como discutir las lecciones de dicho proceso y las iniciativas recientes para mejorar esta actividad, lo cual resulta de interés nacional y en particular del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, se presentarán los resultados del Estudio de Política Regulatoria y las actividades que se implementarán en materia de sus competencias, para acoger las recomendaciones de la OCDE; Que, en ese sentido se ha estimado conveniente la participación del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, en las citadas reuniones; toda vez que la República del Perú viene realizando esfuerzos para profundizar las relaciones con la OCDE y dar inicio a un programa de acciones de colaboración mutua en el marco del "Programa País", para trabajar con países no miembros que desean acercarse a los estándares de los países miembros en diferentes áreas prioritarias, para elevar la productividad nacional y asegurar un crecimiento de largo plazo y mejorar los estándares de vida de la población; Que, el literal e) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que los viajes que se realicen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva Nº 002-2015-EF/43.01­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial Nº 069-2015-EF/43, y modificada mediante Resolución Ministerial Nº 102-2015-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de

Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 10 al 16 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (5 días) : US$ 2 360,04 : US$ 2 700,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1364885-1

Aprueban los Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2016-EF/68.01 Lima, 29 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2 del Artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, y tiene como función asegurar el cumplimiento de la política de promoción y desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, con la participación de todas las entidades del Estado, en los distintos niveles de gobierno, en el marco de sus competencias; Que, el Artículo 145 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, señala que la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada tiene entre otras funciones la de formular y proponer la política nacional para el desarrollo y promoción de la inversión privada en los diversos sectores de la actividad económica nacional; Que, el literal b) del numeral 4.2 del Artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 4102015-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, actuando a través de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP), dicta las directivas, metodologías y lineamientos técnico normativos necesarios en las materias de su competencia; Que, el numeral 14.1 del Artículo 14 del citado Reglamento, establece que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado por cada Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tiene como