Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2019 (14/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 14 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26497 se crea el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, de acuerdo a la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018/ CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional (POI) contiene la programación de las Actividades Operativas e inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales definidas en el Plan Estratégico Institucional. Establece los recursos financieros y las metas físicas mensuales y anuales (programación física y financiera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que el literal c) del artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1440, señala que las metas de resultados a alcanzar y las metas de productos a lograrse con los créditos presupuestarios que el respectivo presupuesto les aprueba forman parte del contenido del Presupuesto; Que mediante Ley Nº 30879 Ley de presupuesto del sector público para el año fiscal 2019 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019, que, entre otros incluye el Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC; a su vez, a través de la Resolución Jefatural Nº 152-2018JNAC/RENIEC (26DIC2018), se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año 2019 de RENIEC; Que mediante Resolución Jefatural N° 124-2018/ JNAC/RENIEC (24OCT2018) se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2018-2020 del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC; Que en ese contexto, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, en su condición de órgano técnico especializado del RENIEC, señala que el Plan Operativo Institucional ­ POI 2019 del RENIEC, ha sido desarrollado en base a los lineamientos y estructura establecidos en la Guía de Planeamiento Institucional del CEPLAN, por lo que resulta viable su aprobación; Que a su vez, a través de la Hoja de Elevación N° 000038-2019/GPP/RENIEC (06FEB2019), la Gerencia de Planificación y Presupuesto sustenta la aprobación del Plan Operativo Institucional ­ POI 2019 del RENIEC, con eficacia anticipada al primer día hábil del mes de enero de 2019, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que mediante la Resolución Jefatural N° 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del

RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73 ­ 2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), su modificatoria y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional para el año 2019 del RENIEC, con eficacia anticipada al primer día hábil del mes de enero de 2019, cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional www.reniec.gob.pe, el texto del Plan Operativo Institucional 2019 aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1740966-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS N° 0399-2019 Lima, 31 de enero de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito lca S.A. - CMAC lca S.A. para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en Villa Faucett Mz. A-21 Río Seco, al local ubicado en el Km. 9 Vía Arequipa - Yura Sección SA-03 y SA-04, Edif. Centro Comercial Arequipa Norte; ambas direcciones pertenecientes al distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito lca S.A. el traslado de una Agencia ubicada en Villa Faucett Mz. A-21 Río Seco, al local ubicado en el Km. 9 Vía Arequipa - Yura Sección SA-03 y SA-04, Edif. Centro Comercial Arequipa Norte; ambas