Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2019 (14/02/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de febrero de 2019 /

El Peruano

contiene los títulos desde el tercer nivel organizacional en adelante; Que, conforme al artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Reglamentos de Organización y Funciones de los organismos públicos se aprueban por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, conforme al artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la Sección Primera del artículo 44, requiriendo en el caso de los organismos públicos, la conformidad del Ministerio al cual se encuentra adscrito; Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 de los Lineamientos de Organización del Estado, señala que corresponde la aprobación o modificación de un Reglamento de Organización y Funciones cuando se modifica la estructura orgánica, por el incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales; Que, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS requiere la aprobación de la Sección Única de su Reglamento de Organización y Funciones, la cual ha sido elaborada sobre la base de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1018, que crea la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018PCM y modificatoria, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS Apruébase la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, que consta de tres (03) títulos, y treinta y seis (36) artículos, que incluye la estructura orgánica y el organigrama; que, como Anexos, forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS se financia con cargo a su presupuesto institucional, en el marco de las leyes anuales de presupuesto y de la normatividad vigente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación La Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobada en el artículo 1, es publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional La Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS debe presentar para su aprobación, el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional en un

plazo máximo de noventa (90) días calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Segunda.- Plataforma Tecnológica de PERÚ COMPRAS El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) constituye el único sistema de intercambio de información y difusión en materia de contrataciones del Estado, en donde se registran todas las transacciones y los documentos vinculados al proceso de contratación. Las entidades están obligadas a utilizar el SEACE en las contrataciones que realicen. La Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS gestiona el diseño funcional, desarrollo, operación, administración y mantenimiento de las plataformas y herramientas tecnológicas que soportan los Catálogos Electrónicos asociados a los Acuerdos Marco, así como el Listado de Fichas Técnicas de Bienes y Servicios Comunes (LBSC) y las Fichas Técnicas de Homologación, que forman parte del SEACE, en coordinación con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), quien tiene a su cargo integrar la información generada en las citadas plataformas a través del SEACE. El Ministerio de Economía y Finanzas establece lineamientos y directrices funcionales necesarias para la integración de las plataformas tecnológicas del OSCE y la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, en coordinación con dichas entidades, así como el intercambio de información para el cumplimiento de sus funciones, en el marco de sus competencias. Tercera.- Accesos necesarios El OSCE proporciona a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS los accesos necesarios a sus sistemas, bases de datos y aplicativos, para que obtenga oportunamente la información que requiera para el desarrollo de los mecanismos y herramientas de contratación pública a su cargo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Operaciones sobre la Plataforma del SEACE En tanto la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS concluya con la implementación de su Plataforma Tecnológica, el Listado de Bienes y Servicios Comunes ­ LBSC y los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco siguen operando sobre la plataforma del SEACE, para lo cual, el OSCE asigna las autorizaciones respectivas a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS para la administración remota del sistema, en coordinación con la Dirección del SEACE, y conforme a los protocolos de seguridad que correspondan, así como brinda las facilidades que resultan pertinentes. El OSCE brinda a la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS el apoyo informático y técnico con relación a los Catálogos Electrónicos, así como para la gestión y, operación del Listado Bienes y Servicios Comunes de Subasta Inversa, y demás facilidades que resulten necesarias. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derógase el Decreto Supremo N° 364-2015-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1741112-4