Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2019 (14/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de febrero de 2019 /

El Peruano

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Federico Javier BRAVO DE RUEDA Delgado, CIP. 01862376, DNI. 43318639, para que participe en el "VI Congreso Internacional de Diseño e Ingeniería Naval y la VII Feria COLOMBIAMAR 2019", a realizarse en el Centro de Convenciones Julio César Turbay Ayala, Ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 13 al 15 de marzo de 2019; así como, autorizar su salida del país el 12 y su retorno el 16 de marzo de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US$. 370.00 x 3 días x 40% TOTAL A PAGAR: US$. 444.00 ----------------US$. 444.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar las actividades para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Almirante comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1740998-1

sistema y sus funciones en concordancia con la Política Social y en articulación con el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS); Qué, en ese contexto, mediante Decreto Supremo N° 007-2016-MIDIS, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30435; el cual fue modificado mediante Decreto Supremo N° 002-2017-MIDIS; Que, con la aprobación del Decreto Legislativo N° 1376, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) para fortalecer la implementación del Sistema Nacional de Focalización y la aplicación de sus normativas, se precisa que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el ente rector del SINAFO, se fortalecen los mecanismos de calidad y prevención del fraude, se desarrollan responsabilidades en cuanto al empadronamiento, sistematización y custodia subsidiaria a los Gobiernos Locales por parte del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), se dispone el acceso a los bancos de datos personales sin contar con el consentimiento del titular del dato, y se deroga el capítulo V de sanciones e infracciones de la citada Ley N° 30435; Que, el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), propuesto, incorpora las mejoras aprobadas en el Decreto Legislativo N° 1376, así como modifica e incluye definiciones operativas en el marco del SINAFO, modifica la gestión de la Lista de Intervenciones Públicas, asimismo, modifica el proceso de coordinación para la identificación y definición de los criterios de elegibilidad con las intervenciones públicas en el marco del SINAFO, incorpora aspectos en el proceso de focalización que requieren visibilizarse como los criterios de priorización, causales de suspensión, reincorporación y desafiliación, así como la definición del egreso, que en suma permiten gestionar adecuadamente las responsabilidades asignadas en la normativa. De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, que consta de seis (6) Títulos, cuarenta y uno (41) Artículos, nueve (9) Disposiciones Complementarias Finales, y dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias, cuyos textos forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1 precedente, se publican en los Portales Institucionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese el Decreto Supremo N° 007-2016-MIDIS, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO)
DECRETO SUPREMO Nº 002-2019-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30435, se crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), que tiene por objeto establecer los principios, alcance, organización, ámbito, procesos, procedimientos, infracciones y sanciones que regulan al SINAFO, especificando los integrantes del