Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2013 (24/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Martes 24 de diciembre de 2013

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3. El 13 de diciembre de 2013, con el Oficio Nº 0019642013/SGEN/RENIEC, el Reniec remite el padron electoral, en el cual, conforme se desprende del Informe Nº 051-2013AGAD-DNFPE/JNE de la DNFPE, al ser contrastado con la lista del padron inicial de ciudadanos, se concluyo que no existen distritos con cambios domiciliarios superiores al 1.5% y que debian procesarse las observaciones comunicadas a traves del Oficio Nº 1060-2013-DCGI/JNE. 4. Con el Oficio Nº 001975-2013/SGEN/RENIEC, el Reniec comunica las acciones que ha realizado a raiz de las observaciones formuladas, las mismas que, segun el Informe Nº 052-2013-AGAD-DNFPE/JNE, de la DNFPE, han sido levantadas, concluyendo el citado informe con el hecho de que el padron electoral se encuentra MORDAZA para su aprobacion por parte del Pleno. CONSIDERANDOS Aspectos generales 5. El padron electoral es la relacion de ciudadanos habiles que pueden ejercer su derecho de voto. Como tal, este documento se elabora sobre la base del registro unico de identificacion de ciudadanos, y es mantenido y actualizado por el Reniec. El padron electoral, en todo MORDAZA electoral, se cierra 120 dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, conforme a lo previsto en el articulo 1 de la Ley Nº 27764. Es competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, entre otras, fiscalizar la legalidad de la elaboracion de los padrones electorales, luego de su actualizacion y depuracion final previa a cada eleccion, a tenor de lo dispuesto en los articulos 176 y 178 de la Constitucion Politica del Peru, con el fin de asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica de los ciudadanos. El articulo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, establece que el Reniec remite el padron electoral actualizado al MORDAZA Nacional de Elecciones, con noventa dias de anticipacion a la fecha de los comicios, para su aprobacion, por este organo colegiado, dentro de los diez dias siguientes de su recepcion. Resultados de la labor de fiscalizacion del padron electoral 6. La DNFPE, mediante el Informe Nº 052-2013AGAD-DNFPE/JNE, comunica que las observaciones remitidas al Reniec, con Oficio Nº 1060-2013-DCGI/JNE, han sido levantadas; por consiguiente, corresponde a este organo colegiado proceder a su aprobacion en cumplimiento de lo establecido en el articulo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el uso del padron electoral elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2014, cuyo acto electoral se llevara a cabo el 16 de marzo de 2014. Articulo Segundo.- REMITIR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los medios tecnicos entregados por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, que contienen el padron electoral aprobado. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1031274-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Disponen la publicacion de la relacion de postulantes que aprobaron el MORDAZA de seleccion para cubrir vacantes de titular y accesitario, para los cargos de Jefe y Administrador de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, en el MORDAZA de las Nuevas Elecciones Municipales 2014
RESOLUCION JEFATURAL N° 253-2013-J/ONPE MORDAZA, 23 de diciembre de 2013 VISTOS: El Acta N° 009-2013-CPSJACLV ODPE NEM 2014/ONPE y anexo, de la Comision de Seleccion de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, conformadas para las Nuevas Elecciones Municipales 2014; asi como el Informe N° 000335-2013OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 108-2013-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de setiembre de 2013, el Presidente de la Republica convoca a Nuevas Elecciones Municipales 2014 para el 16 de marzo de 2014, con la finalidad de elegir Alcaldes y/o Regidores de los Concejos Municipales, en diversas circunscripciones de la Republica; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular, manifestada a traves de los procesos electorales de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el articulo 37° de la Ley Organica de Elecciones, Ley N° 26859, la ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion Politica del Peru y a su Ley Organica; asimismo, el articulo 39° de la Ley en referencia, precisa que corresponde al Jefe de la ONPE definir el numero, la ubicacion y la organizacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determina la ley; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 252-2013-J/ ONPE, de fecha 20 de diciembre de 2013, se aprobo la conformacion de nueve (09) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, para la organizacion y ejecucion de las Nuevas Elecciones Municipales 2014; Que, el articulo 49° de la Ley N° 26859 senala que los Jefes y funcionarios de las ODPE son designados por el Jefe de la ONPE mediante concurso publico, debiendo publicarse la relacion de personas seleccionadas a fin de permitir la interposicion de las tachas respectivas, de ser el caso; Que, mediante acuerdo de fecha 20 de diciembre de 2013, formalizado en el Acta de vistos, la Comision de Seleccion aprobo la relacion de postulantes seleccionados como titulares para los cargos de Jefe y Administrador de ODPE; asi como tambien la de sus respectivos accesitarios, MORDAZA elaboradas en estricto orden de merito, motivo por el cual corresponde su divulgacion para los fines a que se contrae el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del articulo 5º y el articulo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como en el literal cc) del articulo 9° de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 030 y Nº 137-2010-J/ONPE, respectivamente;