Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2013 (24/12/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

510386
Estando a lo propuesto por el Fondo Intangible Solidario de Salud, Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL, del Responsable de la Administracion del FISSAL y con la opinion favorable del Responsable de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Seguro Integral de Salud; De conformidad con lo establecido en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y a lo precisado en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 325-2012/MINSA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma de S/. 4'052,460.00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al pago prospectivo por convenio, segun se detalla en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolucion Ministerial, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Articulo 3°.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y la coordinacion con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion para su publicacion en la pagina web del Seguro Integral de Salud de la presente Resolucion y su Anexo 01. Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1031441-2

El Peruano Martes 24 de diciembre de 2013

juridica de Derecho Publico, con patrimonio propio y autonomia funcional, juridica, tecnica, economica, financiera y administrativa; Que, fecha 13 de MORDAZA de 2013 se publico en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley N° 30065 "Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos", a traves de la cual se incorpora a la Ley N° 26366 "Ley de creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos" se incorporo -entre otros- el articulo 24° que senala que los vocales del Tribunal Registral son nombrados por el Superintendente, previo concurso publico de meritos, y son sometidos a un MORDAZA de ratificacion cada cinco anos; Que, en tal contexto, la SUNARP convoco al Concurso Publico de Meritos N° 001-2013-SUNARP, para el acceso -entre otras- a la plaza de Vocal de la Sala de MORDAZA del Tribunal Registral; Que, de acuerdo al acta de visto, el MORDAZA Calificador del mencionado Concurso Publico declaro ganador de la plaza de Vocal de la Sala de MORDAZA del Tribunal Registral al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ninanya; Que, siendo asi, corresponde emitir la resolucion que designe al citado profesional como Vocal del Tribunal Registral; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 24° de la Ley N° 30065 "Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos" y el inciso x) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; Con la visacion de la Direccion Tecnica Registral y la Oficina General de Asesoria Juridica, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vocal de la Sala de MORDAZA del Tribunal Registral. Articulo Segundo.- Lo dispuesto en el articulo precedente no importa solucion de continuidad, por lo que se dispone que la MORDAZA Registral N° VIII-Sede Huancayo transfiera los beneficios sociales y otros conceptos laborales a la Sede Central. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos SUNARP 1031324-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Vocal de la Sala de MORDAZA del Tribunal Registral
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 352-2013-SUNARP/SN MORDAZA, 20 de diciembre de 2013 VISTO: El Acta de Resultados Finales del Concurso Publico de Meritos N° 001-2013-SUNARP de fecha 19 de diciembre de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP es un organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, dotada de personeria

Conforman MORDAZA del Tribunal Registral de la SUNARP para el periodo 2014
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 353-2013-SUNARP/SN MORDAZA, 20 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 55° del Decreto Supremo No. 012-2013-JUS del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, corresponde al Superintendente Nacional la conformacion de las MORDAZA del Tribunal Registral; Que, en atencion a lo previsto en el articulo precedente del citado reglamento, las MORDAZA del Tribunal Registral estan integradas por tres Vocales, quienes acceden al cargo por Concurso Publico de Meritos, conforme a Ley y son nombrados por el Superintendente Nacional; Que, segun lo senalado en el articulo 4° del Reglamento del Tribunal Registral, el numero de Vocales integrantes del Tribunal Registral son dieciseis (16), de los cuales uno es el Presidente y los demas son integrantes de cada Sala; De conformidad con las facultades conferidas por el articulo 55° y 56° del Reglamento de Organizacion y