Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2013 (24/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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VISTOS: El Memorandum N° 1559-2013-MIDIS-PNAEQW/UA, remitido por el Jefe de la Unidad de Administracion, y el Informe N° 2178-2013-MIDIS/PNAEQW-UAJ del Jefe de la Unidad de Asesoria Juridica del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido por la Ley Nº 27736, Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, se dispuso que el Instituto de Radio y Television del Peru, mediante Radio Nacional del Peru y MORDAZA 7, programara en el horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio publico en los que se ofrezcan puestos de trabajo publicos y privados; Que, mediante el Decreto Supremo N° 012-2004-TR se dictaron disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, disponiendo en su articulo 2º que la designacion del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, asimismo, la Unica Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM establece modificaciones al Reglamento del Regimen de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), disponiendo que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobara el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que seran publicados en el MORDAZA institucional de SERVIR y en el MORDAZA del Estado Peruano; Que, mediante el articulo 2º de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobo el modelo de Convocatoria para la Contratacion Administrativa de Servicios, el cual incluye la obligacion de las entidades publicas de publicar las convocatorias para la contratacion de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 174-2012-MIDIS, establece como funciones de la Unidad de Administracion en materia de Recursos Humanos, coordinar, ejecutar y supervisar la aplicacion de la normatividad, procesos tecnicos y procedimientos del Sistema de Gestion de Recursos Humanos, asi como proponer y coordinar acciones de bienestar social, contando para tal efecto con un Coordinador de Recursos Humanos; Que, con el Memorandum N° 1559-2013-MIDIS/ PNAEQW-UA, la Unidad de Administracion designa al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como el responsable de remitir las ofertas de empleo al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion Social; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como la persona responsable de remitir las ofertas de empleo para la contratacion de personal CAS del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Con la visacion de la Unidad de Administracion y la Unidad de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, la Resolucion Ministerial N° 174-2012-MIDIS y la Resolucion Ministerial N° 2152013-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como el responsable de remitir las ofertas de empleo para la contratacion de personal CAS del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma al Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente resolucion. Articulo 3.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion de Direccion Ejecutiva en el Diario

El Peruano Martes 24 de diciembre de 2013

Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA web institucional (www.qaliwarma.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma 1031204-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de la Ley Nº 30062, aprobado por Decreto Supremo N° 2572013-EF
DECRETO SUPREMO Nº 344-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30062, Ley que uniformiza el canon y el sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas para los departamentos de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ucayali y la provincia de Puerto MORDAZA en el departamento de MORDAZA, tiene por objeto uniformizar la determinacion del canon y del sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en beneficio de los departamentos de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ucayali y de la provincia de Puerto MORDAZA en el departamento de MORDAZA, donde se realiza la explotacion de estos recursos naturales; Que, el articulo 5° de la Ley N° 30062 establece que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economia y Finanzas, se podran aprobar normas que reglamenten lo dispuesto en dicha Ley; Que, segun la exposicion de motivos de la Ley N° 30062 dicha MORDAZA forma parte de las leyes complementarias que regulan el canon y sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en el territorio nacional y, en este caso en particular, como ley complementaria a la Ley N° 29693; Que, mediante el Decreto Supremo 257-2013-EF, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 30062, Ley que uniformiza el canon y el sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas para los departamentos de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ucayali y la provincia de Puerto MORDAZA en el departamento de Huanuco; Que, para efectos de la determinacion del Canon y Sobrecanon petrolero por impuesto a la renta por explotacion de petroleo y gas mediante contratos de licencia o de servicios, a que se refiere el numeral 4.1 del articulo 4 del Reglamento de la Ley Nº 30062, Ley que uniformiza el canon y el sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas para los departamentos de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ucayali y la provincia de Puerto MORDAZA en el departamento de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo 257-2013-EF, se debera tener en cuenta tambien si la empresa posee varios lotes en explotacion ubicados en circunscripciones distintas o si la extension de un Lote en explotacion comprende circunscripciones vecinas y, en ambos casos, la empresa ha declarado su impuesto a la renta de manera agregada; por lo que, resulta necesario modificar el reglamento de la Ley N° 30062 a fin de incorporar la regulacion de dichos casos; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el articulo 5° de la Ley N° 30062, Ley que uniformiza el canon y el sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas para los departamentos de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ucayali y la provincia de Puerto MORDAZA en el departamento de MORDAZA, y la Ley N° 29693, Ley que homologa el canon y sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en los departamentos de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ucayali y en la provincia de Puerto MORDAZA del departamento de MORDAZA al canon a la explotacion del gas natural y condensados;