Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2013 (24/12/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

510366
Articulo 3º.- La transferencia financiera se efectuara conforme al cronograma de desembolsos, terminos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo 1 de la presente Resolucion. Asimismo, los recursos no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, los Gobiernos Locales publicaran el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su MORDAZA Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con MORDAZA institucional publicaran la informacion senalada en el parrafo precedente en un diario de mayor circulacion o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Articulo 5º.- La Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional CMAN, se encargara de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecucion de los Convenios referidos en el Articulo 3º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos y actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1031533-1

El Peruano Martes 24 de diciembre de 2013

Articulo 2.- La citada profesional, al termino de su designacion retornara a su plaza de origen de la cual es titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 1031325-1

PRODUCE
Establecen Regimen Provisional de Extraccion del Recurso Anguila para el ano 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-2013-PRODUCE MORDAZA, 20 de diciembre de 2013 VISTOS: El Oficio Nº PCD-100-693-2013-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru, el Informe Nº 2832013-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 1392013-PRODUCE/OGAJ-igonzalez de la Oficina General de Asesoria Juridica; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 en su articulo 2, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son Patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular su manejo integral y explotacion racional, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, la citada Ley General de Pesca en su articulo 9, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2011PRODUCE se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anguila (Ophichthus remiger), con el objetivo de establecer las medidas de ordenamiento pesquero para una explotacion racional y sostenible de dicho recurso, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, asi como la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, el citado Reglamento de Ordenamiento Pesquero en el numeral 5.4 de su articulo 5 y en su articulo 6, senala que (i) la anguila es un recurso en recuperacion, por lo que se requiere reducir el esfuerzo pesquero hasta permitir que los principales puntos de referencia biologicos se encuentren en niveles sostenibles; por lo que, su manejo pesquero se establecera a traves de Regimenes Provisionales de Extraccion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 del Reglamento de la Ley General de Pesca; y, (ii) el Ministerio de la Produccion establecera mediante Resolucion Ministerial, la cuota de captura total permisible anual del recurso anguila, la que se fijara con base en la informacion cientifica disponible a ser proporcionada por el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE; Que, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE mediante el Oficio de Vistos, remite el Informe denominado Aspectos Biologico-pesqueros de la Anguila y perspectivas de manejo para el ano 2014, en el cual senala entre otros aspectos, que: i) los indicadores biologicos y pesqueros, obtenidos con informacion procedente de la pesqueria evidenciaron un continuo deterioro del

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Directora General de la Direccion General de Ninas, Ninos y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 284-2013-MIMP MORDAZA, 23 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director (a) General de la Direccion General de Ninas, Ninos y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, en consecuencia resulta necesario designar a la persona que se desempenara en el referido cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 276; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA BAILETTI en el cargo de Directora General de la Direccion General de Ninas, Ninos y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP.