Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2013 (24/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 24 de diciembre de 2013

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CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, establece que para la formulacion del presupuesto del sector publico del ano fiscal 2015 es de aplicacion, entre otros, el articulo 17 de dicha Ley; Que, el articulo 17de la Ley Nº 30099 establece que el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante resolucion ministerial, aprobara la metodologia para el calculo del resultado economico estructural del Sector Publico No Financiero, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, y podra ser revisada cada tres anos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la citada Ley establece que para la elaboracion de la metodologia de calculo del resultado economico estructural, el Ministerio de Economia y Finanzas debe contar con la participacion de expertos independientes con amplia experiencia en materia fiscal, en la medida que se busca reforzar la transparencia de la metodologia, la cual requiere de la estimacion econometrica de variables no observables; Que, de conformidad con la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, la Primera y MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de dicha Ley entra en vigencia a partir del 1 de enero del ano 2014; Que, en consecuencia, resulta necesaria la conformacion de un grupo de trabajo tecnico, el mismo que estara integrado por expertos independientes con amplia experiencia en materia fiscal, para la elaboracion de una propuesta metodologica de calculo del resultado economico estructural del Sector Publico No Financiero; Que, es necesario conformar el Grupo de Trabajo toda vez que dicha propuesta metodologica sera considerada para las proyecciones fiscales de mediano plazo a establecerse en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2015-2017 y posterior formulacion del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y en la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal; SE RESUELVE: Articulo 1.- Del Grupo de Trabajo Tecnico Constituyase, a partir del 1 de enero de 2014, un Grupo de Trabajo Tecnico de caracter temporal, adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, encargado de proponer una metodologia de calculo del resultado economico estructural del Sector Publico No Financiero. La propuesta debe ser presentada dentro del plazo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Articulo 2.- Integrantes y Secretaria Tecnica 2.1 El Grupo de Trabajo Tecnico esta integrado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Marzi y MORDAZA MORDAZA Ghezzi MORDAZA, profesionales expertos en la materia. 2.2 La Direccion General de Politica Macroeconomica del Ministerio de Economia y Finanzas actua como secretaria del Grupo de Trabajo Tecnico. Articulo 3.- De la informacion y apoyo Para el cumplimiento de la labor encomendada, el Grupo de Trabajo Tecnico cuenta con la colaboracion de las entidades publicas correspondientes, las cuales deben proporcionar la informacion macroeconomica y fiscal que se les solicite. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1031696-1

Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE, y que tiene por objetivo especifico, viabilizar un acceso sostenible para las micro y pequenas empresas rurales al Sector Financiero Nacional, a traves de la creacion de productos financieros especialmente adaptados a las necesidades de tales empresas; Que, una medida complementaria para contribuir con el exito del citado Programa, es fortalecer la capacidad de evaluacion de riesgos crediticios en el sector rural de los Intermediarios Financieros Especializados, que participan de este Programa, asi como sus habilidades para aplicar medidas de mitigacion de riesgos adecuadas para el otorgamiento de sub prestamos especialmente adaptados a las necesidades de las micro y pequenas empresas rurales y las actividades agropecuarias, contribuyendo con la ampliacion de la oferta de financiamiento para este segmento de la poblacion peruana; Que, el KfW ha previsto otorgar un Aporte Financiero No Reembolsable hasta por EUR 685 000,00 (SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 EUROS) destinado a financiar la Medida Complementaria de Asistencia Tecnica y Capacitacion del Programa "Credito Rural ­ COFIDE III"; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion del referido Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripcion del Contrato que lo implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1.Aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KFW, hasta por EUR 685 000,00 (SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 EUROS) destinado a financiar la Medida Complementaria de Asistencia Tecnica y Capacitacion del Programa "Credito Rural ­ COFIDE III", cuya ejecucion estara a cargo de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. COFIDE. Articulo 2.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el Contrato que implemente el Aporte Financiero No Reembolsable referido en el Articulo 1° de la presente Resolucion; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Contrato. Articulo 3.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a COFIDE los recursos provenientes del Aporte Financiero No Reembolsable referido en el Articulo 1 de la presente Resolucion, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, en el cual se fijaran las condiciones del aludido traspaso. Dicho Convenio sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1031710-4

Crean Grupo de Trabajo Tecnico que propondra una metodologia de calculo del resultado economico estructural del Sector Publico No Financiero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 373-2013-EF/10 MORDAZA, 23 de diciembre de 2013