Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2020 (22/09/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 22 de setiembre de 2020 /

El Peruano

un derecho inherente a todo ser humano, pretendiendo brindar un servicio de justicia más rápido y cercano a las víctimas de maltrato familiar, de acuerdo con las políticas implementadas en el Poder Judicial, eliminando así las barreras que impiden a las poblaciones vulnerables acceder al Poder Judicial; asimismo, ayudará en optimizar el desempeño de los jueces y servidores judiciales, quienes trabajarán en mejores condiciones y con especial énfasis, para así mejorar la calidad del servicio de administración de justicia. 6. Estando a la fecha próxima dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para el inicio del funcionamiento del Módulo de Violencia Familiar, y a la ausencia de provisión de financiamiento para su implementación, aunada a la crítica situación presupuestal de la Corte Superior de Justicia de Lima que motivó la aprobación de medidas de austeridad mediante Resolución Administrativa No. 237-2020-P-CSJLI, resulta imposible efectuar adquisiciones ni contratación de local y otros, por tanto las acciones administrativas para la implementación de dicho Módulo no deben implicar costo adicional, debiendo aprovecharse los espacios y recursos actualmente disponibles, procediéndose con tal fin al traslado y reubicación de los órganos jurisdiccionales. 7. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- DISPONER el funcionamiento del Módulo de Violencia Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 1 de octubre del 2020, el cual estará conformado por el 1°, 7°, 8°, 9°, 11°, 12°, 13°, 15° y 21° Juzgado de Familia de Lima. Artículo 2.- DISPONER la reubicación del 1°, 7°, 8°, 9°, 11°, 12°, 13°, 15° y 21° Juzgado de Familia hacia los ambientes del piso 20 de la sede judicial Edificio Javier Alzamora Valdez, cuyo traslado deberá realizarse a partir del 24 y hasta el 30 de setiembre del 2020. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas por intermedio de su Coordinación de Infraestructura en un plazo de 24 horas presente los planos de distribución de los referidos órganos jurisdiccionales (de manera correlativa) y de la disposición de lugares de todo el personal que integrará el Módulo de Violencia Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 4.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales realice las acciones necesarias para seleccionar y designar parte del equipo multidisciplinario para el apoyo a los juzgados de familia integrantes del Módulo de Violencia Familiar, quienes estarán ubicados en los ambientes habilitados en el piso 19 de la sede judicial Edificio Javier Alzamora Valdez. Artículo 5.- DISPONER que todos los jueces de la especialidad familia, informen a este despacho mediante correo electrónico dirigido a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo updcsjlima@pj.gob.pe, en un plazo máximo de 48 horas a partir de la publicación de la presente resolución administrativa, las cantidades de expedientes que tienen actualmente en giro de procesos civiles, tutelares y de violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, por estados procesales (en calificación, trámite y ejecución), información con la que se determinará cuantos expedientes recibirán cada uno en redistribución de acuerdo, con la competencia funcional que les corresponda, bajo responsabilidad y apercibimiento de comunicar al órgano de control correspondiente. Artículo 6.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo realice la consolidación de datos brindados por los juzgados de familia para proponer las cantidades de expedientes que recibirán en redistribución estas dependencias, a fin de que equiparen sus cargas procesales.

Artículo 7.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo mediante su Coordinación de Informática, realice las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse para el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa; realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, bajo responsabilidad funcional. Artículo 8.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General y de la Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1886660-1

Conforman la Cuarta Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000294-2020-P-CSJLI-PJ Lima, 21 de septiembre de 2020 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el documento que antecede la doctora Elisa Vilma Carlos Casas, Presidenta de la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima solicita hacer uso de vacaciones por el periodo del 21 al 27 de setiembre del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Cuarta Sala Laboral de Lima, proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JOSÉ MARTIN BURGOS ZAVALETA, Juez Titular del 27° Juzgado Especializado de Trabajo de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Cuarta Sala Laboral de Lima, a partir del día 21 de setiembre del presente año, por las vacaciones de la doctora Carlos Casas, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Cuarta Sala Laboral Dr. Julio Donald Valenzuela Barreto Presidente Dr. José Martín Burgos Zavaleta (P) Dr. Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez (P)