Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2020 (22/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Martes 22 de setiembre de 2020 /

El Peruano

Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera; Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 043-2020-CONADIS/PRE, se designó al señor UBALDO ABSALÓN RAMOS PELTROCHE al cargo de Asesor de la Presidencia (Asesor/a II CAP N° 002) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, el citado profesional ha formulado renuncia al cargo señalado precedentemente; por lo que corresponde aceptar la misma; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al profesional que desempeñará el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), el mismo que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Clasificador de Cargos del CONADIS, aprobado por Resolución de Presidencia N° 015-2020-CONADIS/PRE, y en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado con Resolución de Presidencia N° 016-2020-CONADIS/PRE; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; y, la Resolución Suprema N° 003-2020-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 22 de setiembre de 2020, la renuncia formulada por el señor UBALDO ABSALÓN RAMOS PELTROCHE al cargo de Asesor de la Presidencia (Asesor/a II CAP N° 002) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 22 de setiembre de 2020, al señor ANATOLY RENAN BEDRIÑANA CÓRDOVA, como Asesor de la Presidencia (Asesor/a II

CAP N° 002) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob. pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO GAMARRA LA BARRERA Presidente Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1886694-1

PRODUCE
Aprueban la publicación del "Proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento para la Autorización de Plantas para actividades productivas industriales relativas a los vehículos de transporte terrestre, así como para la asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante (WMI)"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 316-2020-PRODUCE Lima, 21 de setiembre de 2020 VISTOS: Los Informes Nº 00000116-2020-SCARBAJAL, Nº 00000133-2020-SCARBAJAL y Nº 00000145-2020-PRODUCE/DN, el Memorando Nº 00000963-2020-PRODUCE/DGPAR, el Proveído Nº 00001515-2020-PRODUCE/DGPAR y el Memorando Nº 00001076-2020-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00001284-2020-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe Nº 00000261-2020-PRODUCE/OPM y el Memorando Nº 00000722-2020-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y los Informes Nº 00000608-2020-PRODUCE/OGAJ y Nº 00000634-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en su artículo 1 establece los lineamientos generales económicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y tránsito terrestre que rige en todo el territorio de la República; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1451 se fortalece el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, del gobierno regional y del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones; y, se dispone a través del artículo 18 la incorporación del literal g) en el artículo 15 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, a través del cual se otorga competencia a al Ministerio de la Producción, en materia de transporte y tránsito terrestre; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el cual establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el literal a) del numeral 1 del artículo 7 del Reglamento Nacional de Vehículos dispone que los tres primeros caracteres del Número de Identificación Vehicular (Vehicle Identification Number - VIN), corresponden a la Identificación Mundial del Fabricante (World Manufacturer Identifier - WMI), los mismos que se determinan de