Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2020 (12/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 12 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, de fecha 02 de Mayo del 2017, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional"; Directiva que debe implementarse progresivamente en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores que sobre el particular difunda el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -- CEPLAN; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 023-2018GRSM/CR, de fecha 10 de Setiembre del 2018, se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional San Martin en los términos del Nota Informativa Nº 173-2018-GRSM/ GRPyP, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín; Que, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 023-2018GRSM/CR, señala en su Artículo 34º, numeral 5.- que es función de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto Informal periódicamente a la Alta Dirección sobre la situación y nivel de cumplimiento del Plan de Desarrollo Regional Concertado, los planes estratégicos y operativos institucionales, el Presupuesto institucional y el Programa Multianual de Inversiones. Además, el Artículo 36º, señala que su Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística Regional tiene como una de sus funciones Difundir, conducir, oriental, sistematizar, consolidar, supervisar y evaluar el proceso de planeamiento operativo del Pliego Regional y elevar cada ano la propuesta de Plan Operativo institucional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, en concordancia con el Presupuesto institucional y alineado a las políticas y prioridades establecidas por la Alta Dirección; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 030-2018GRSM/CR, de fecha 11 de Noviembre del 2018, se aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC, San Martin al 2030, que representa la estrategia de desarrollo concertada del territorio; Que, mediante Nota Informativa 478-2019-GRSM/ GRPYP, de fecha 25 de noviembre del 2019, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto remite a la Gerencia General Regional, el Informe Técnico Nº 032- 2019-GRSM/GRPyP/SGPEyER, de fecha 13 de noviembre del 2019, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística Regional, sobre la aprobación del informe del Plan Regional de Competitividad y Productividad (PRCP) de San Martín al 2030; Que, mediante Informe Legal Nº 776-2019-GRSM/ ORAL, de fecha 28 de noviembre del 2019, el jefe de la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, opina por que se remita al Consejo Regional San Martin, la aprobación del Plan Regional de Competitividad y Productividad(PRCP) de San Martín al 2030; Que, mediante Memorando Nº 1430-2019-GRSM/ GGR, de fecha 28 de noviembre del 2019, la Gerencia General Regional, remite al Secretario del Consejo Regional el Informe Legal Nº 776-2019-GRSM/ORAL, de fecha 28 de noviembre del 2019, respecto a la aprobación del informe del Plan Regional de Competitividad y Productividad (PRCP) de San Martín al 2030; Que, mediante Acta de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto, dictamina que es procedente aprobar el Plan Regional de Competitividad y Productividad (PRCP) de San Martín al 2030; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada el día 17 de diciembre del 2019, desarrollada en el el Auditorio de la Dirección Regional de Producción de San Martín, se aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el inicio del proceso de elaboración del "Plan Regional de Competitividad y Productividad de San Martin al 2030" (PRCP de San Martin al 2030), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR la creación del Consejo Regional de Competitividad y Productividad de San Martin (CRCP), con la finalidad de desarrollar e implementar conjuntamente con el sector privado y la sociedad civil, las siguientes acciones: ­ Elaborar y aprobar la propuesta del PRCP de San Martin al 2030. ­ Integrar a la Región San Martin en la economía nacional y global, basado en el impulso de la competitividad y productividad, que permitirá general mayores niveles de empleo y elevar sostenidamente los niveles de bienestar del nivel vida de la población de la Región San Martin. ­ Otras acciones que se requieran para el adecuado desarrollo e implementación del PRCP de San Martin al 2030. Artículo Tercero.- nla conformación del Consejo Directivo, Secretaria Técnica y los Comités Técnicos Público-Privados Regionales como integrantes del CRCP, encargados de coordinar, guiar, acompañar y validar el PRCP de San Martin al 2030, de conformidad con las normas que la rigen, las cuales estarán integradas por los siguientes miembros: 1. CONSEJO DIRECTIVO: ­ Gobernador Regional, quien lo preside. ­ Gerente Regional de Desarrollo Económico. ­ Un representante de las Municipalidades Provinciales, elegido por el Consejo de Coordinación Regional 2019-2021. ­ Un representante de las Municipalidades Provinciales, elegido por el Consejo de Coordinación Regional 2019-2021. ­ El rector de la Universidad Nacional de San Martin. ­ El rector de la Universidad Cesar Vallejo. ­ El decano del Colegio de Ingenieros del Perú-- San Martín. ­ El decano del Colegio de Economistas del Perú -- San Martín. ­ El Presidente de la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín. ­ El Presidente de la Cámara Regional de Turismo de San Martin (CARETUR San Martín). ­ Un representante de las Mesas técnicas de cadenas de valor, elegido por las mesas técnicas vigentes. ­ El Presidente de la Coordinadora de Desarrollo y Defensa de los Pueblos Indígenas de la Región San Martín (CODEPISAM). 2. SECRETARIA TECNICA: ­ Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto ­ Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística Regional 3. COMITES TÉCNICOS PÚBLICO - PRIVADOS REGIONALES (CTPPR) I Conductores: ­ INFRAESTRUCTURA Conductor: Gerencia Regional de Infraestructura.