Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2020 (12/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de febrero de 2020 /

El Peruano

y supervisión de sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividades Empresariales del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en tal sentido, con el Oficio N° 00953-2019-CGA/ SGE recibido el 06 de noviembre de 2019, el Secretario General de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA deberá transferir en el año 2019 el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019 y un deposito en la cuenta corriente del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoría. Asimismo, se indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya trasferencia financiera debe de efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020; Que, el proceso de contratación de la Sociedad Auditora para el Examen de los Estados Financieros 20192020, se encuentra comprendido dentro de los alcances del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, cuyo numeral 4.15 señala que en los procedimientos de selección cuya convocatoria se realice dentro del último trimestre de un año fiscal, y el otorgamiento de la buena pro y suscripción del contrato se realice en el siguiente año fiscal, el responsable de la administración de presupuesto de la Unidad Ejecutora y la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, otorga de forma previa a la convocatoria del procedimiento de selección, la previsión presupuestaria respecto a los recursos correspondientes al valor referencial o valor estimado de dicha convocatoria; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 177-2019-DV-PE de fecha 13 y 27 de noviembre del 2019 respectivamente, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, hasta por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Memorando N° 000029-2020-DV-OGA de fecha 30 de enero del 2020, la Oficina General de Administración, sustenta y solicita la realización de una transferencia financiera con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres con 00/100 Soles) correspondiente al 50% de retribución económica del periodo por auditar 2019; Que, mediante Informe N° 000013-2020-DV-OPPUPTO de fecha 06 de febrero del 2020, la Unidad de Presupuesto la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable para realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General para realizar el pago de la retribución económica correspondiente al saldo del 50% (incluyendo IGV) por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) para la contratación de la Sociedad

de Auditoría correspondiente al periodo por auditar 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Asimismo, señala que ha emitido y suscrito la Certificación de Crédito Presupuestario N° - Nota N° 0000000134 por el importe de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) que garantiza la existencia de créditos presupuestales disponibles y libres de afectación para financiar la transferencia financiera en mención con cargo al presupuesto del Años Fiscal 2020; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 0142019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Resolución Directoral N° 001-2019EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; el Decreto Supremo N° 047-2014PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 196-2019-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al saldo del 50% del periodo por auditar 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios -RO, Meta 0052, Actividad 01- OGA - Gestión Operativa de la Oficina General de Administración, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras Unidades del Gobierno Nacional" por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles)." Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La Oficina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad,