Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2020 (12/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento el contenido de la presente resolución a la Comisión Nacional PpR Familia, Oficina de Administración Distrital, Área de Personal, Área de Imagen y Prensa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, así como del magistrados y personal administrativo designados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1854477-2

Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR a la señora doctora MARÍA NATIVIDAD OTÁROLA PAREDES, Jueza del Segundo Juzgado Civil de Ventanilla, como Jueza encargada del endoso de los depósitos judiciales prescritos, en adición a sus funciones, para el año judicial 2020. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la designación del servidor ÁNGEL ELISEO CAPIA MÁLAGA, Secretario del Segundo Juzgado Civil de Ventanilla, como Secretario del endoso de los Depósitos Judiciales prescritos, agradeciéndole los servicios prestados; consecuentemente, deberá realizar la entrega de cargo respectiva a la servidora designada. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la servidora JOHANNA ÁREVALO ROJAS, Secretaria del Módulo Corporativo Civil y Litigación Oral, como Secretario del endoso de los Depósitos Judiciales prescritos para el año judicial 2020, en adición a sus funciones. Artículo Cuarto.- FACULTAR a la citada Auxiliar Jurisdiccional, a coadyuvar en el endoso realizado por la magistrada encargada del endoso de los Depósitos Judiciales prescritos, a favor de la Sub Gerencia de Tesorería del Poder Judicial, bajo responsabilidad funcional. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Servicios Judiciales brinde el apoyo técnico y humano a la Secretaria Judicial designada, con la finalidad de brindar cumplimiento estricto del procedimiento establecido por la Directiva N° 008-2000-SE-TP-CME-PJ, modificada por la Resolución Administrativa N° 129-2006-CE-PJ. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, Administración Distrital, Oficina de Servicios Judiciales y Recaudación, Administración del Módulo Corporativo Civil y Litigación Oral, Oficina de Imagen Institucional y Prensa, magistrada y servidora designada, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1854477-3

Ratifican a Jueza encargada del endoso de los depósitos judiciales prescritos para el año judicial 2020 y designan Secretario
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000037-2020-P-CSJV-PJ Ventanilla, 27 de enero de 2020 VISTOS: La ResoluciónAdministrativa N° 129-2006-CEPJ, la Resolución Administrativa Nº 72-2019-P-CSJV/PJ; el Oficio Múltiple N° 000001-2020-SRJ-GSJR-GG-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- La Directiva Nº 008-2000-SETP-CMEPJ que regula el Registro, Custodia y Administración de los Certificados de Depósitos Judiciales, aprobada por Resolución Administrativa Nº 192-SE-TP-CMEPJ, modificada por Resolución Administrativa N° 129-2006-CE-PJ, establece en su artículo 18 lo siguiente: "Los Órganos Jurisdiccionales remitirán mensualmente a la Oficina de Administración de la Corte, los certificados de depósitos judiciales que hayan sido declarados prescritos, debidamente endosados". Segundo.- La precitada Resolución Administrativa Nº 129-2006-CE-PJ, en su parte considerativa, señala lo siguiente: "Que constituyendo los Certificados de Depósitos Judiciales prescritos, fuente de ingreso que forma parte de los Recursos directamente recaudados; su manejo debería estar rigurosamente regulado evitando de esa manera el potencial riesgo de inadecuado control, pérdida, sustracción y deterioro de los mismos." Tercero.- Asimismo, la Décima Quinta Disposición Complementaria y Final del Código Procesal Civil establece lo siguiente: "Prescribe a los cinco años de culminado el proceso que les dio origen, el derecho de retirar o cobrar los importes de dinero correspondientes a consignaciones judiciales efectuadas en el Banco de la Nación y los intereses devengados. (...), los Jueces remitirán a la Dirección General de Administración del Poder Judicial, bajo responsabilidad, los certificados de consignación correspondientes a los depósitos cuyo cobro o retiro haya prescrito, a fin de que dicha Dirección solicite al Banco de la Nación la transferencia de los fondos respectivos." Cuarto.- Que en ese sentido, mediante Oficio Múltiple N° 000001-2020-SRJ-GSJR-GG-PJ, la Subgerencia de Recaudación Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, solicita copia de las resoluciones que han designado o ratificado para el presente año 2020 a los Jueces encargados del endoso de Certificados de Depósitos Judiciales. Siendo así, teniendo en cuenta que mediante Resolución Administrativa Nº 72-2019-P-CSJV/ PJ se designó a la señora Maria Natividad Otarola Paredes, Juez del Segundo Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, como Juez encargada del endoso de los depósitos judiciales prescritos, para el año judicial 2019, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del

Aprueban Plan Anual de Visitas Administrativas Distritales - 2020 a los Órganos Jurisdiccionales que conforman la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y Áreas Administrativas
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000041-2020-P-CSJV-PJ Ventanilla, 27 de enero de 2020 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 431-2010-CE-PJ, la Resolución Administrativa N° 098-2011-CE-PJ, La Resolución Administrativa N° 115-2019-P-CSJV/PJ, el Informe N° 000002-2020-OADCSJV-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Resolución Administrativa N° 431-2010-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba la Directiva N° 009-2010-CE-PJ sobre "Normas que regulan las Visitas Distritales realizadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de