Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2019 (12/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 12 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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5. Al respecto, se resalta que, de conformidad al artículo 21 de la LPAG, la exigencia de que la notificación de la citación a la sesión de juramentación debe realizarse en el domicilio señalado en el DNI del regidor electo, Wester Danilo Gonzales Rodríguez, se realiza en virtud a que la mencionada autoridad no ha dejado señalado dirección real o procesal diferente a la consignada en su DNI, donde se le deba hacer llegar sus notificaciones. 6. En este sentido, la documentación remitida por el secretario general de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, referida a la notificación dirigida a Wester Danilo Gonzales Rodríguez para la juramentación al cargo de regidor, realizada a través de la Carta N.° 206-2019-MDE/ SG, de fecha 19 de junio de 2019 (fojas 117), no cumple con las formalidades previstas en el artículo 21 de la LPAG. 7. En consecuencia, este Supremo Tribunal Electoral requiere, por segunda vez, que el alcalde de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, luego de habérsele notificado con el presente pronunciamiento, cumpla con notificar al regidor electo antes mencionado para el acto de juramentación al cargo edil, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la LPAG. 8. Asimismo, el referido alcalde deberá remitir el respectivo cargo de notificación y el acta de juramentación, donde se deje constancia de la asistencia del regidor electo o, en su defecto, su inasistencia, bajo apercibimiento de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO el acto de notificación de la citación a la ceremonia de juramentación del Concejo Municipal para el periodo 2019-2022, dirigido al regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez, a fin de que participe en la juramentación de su cargo edil. Artículo Segundo.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, para que dentro del plazo de tres (3) días hábiles, luego de habérsele notificado

con el presente pronunciamiento, cumpla con notificar al regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez, a fin de que participe en la juramentación de su cargo edil, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado en el diario oficial El Peruano, el 25 de enero de 2019. Artículo Tercero.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, para que, una vez realizados los actos señalados en el artículo segundo del presente pronunciamiento, remita, en original o copias certificadas, el cargo de notificación dirigida al regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez, así como el acta de juramentación en la que se deje constancia de su asistencia o, en su defecto, su inasistencia, bajo apercibimiento de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. Artículo Cuarto.- REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, para que adecúen sus procedimientos de notificación, en conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1787977-3