Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2019 (12/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 12 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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que emite el Consejo Directivo del INACAL y la Presidencia Ejecutiva, así como por las normas y guías internacionales sobre la materia, el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), y los demás compromisos comerciales internacionales y de integración sobre la materia asumidos por el Perú. La Dirección de Metrología está a cargo de una o un Director quien tiene la condición de Autoridad Competente de Metrología. La o el director de la Dirección de Metrología es designado por el Consejo Directivo del INACAL, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva, y debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Experiencia profesional no menor de ocho (08) años. b) Experiencia en temas afines a la materia de competencia de la Dirección no menor de cinco (5) años. c) Experiencia en cargos directivos o de supervisión no menor de tres (03) años, en el sector público o privado. d) No tener antecedentes penales, ni judiciales, ni estar inhabilitado para ejercer la función pública. e) No haber sido sancionado con destitución en el marco de un proceso administrativo disciplinario o por delito doloso. f) No haber sido declarado insolvente o judicialmente en quiebra como director, gerente o representante de persona jurídica. Artículo 40.- Funciones de la Dirección de Metrología Son funciones de la Dirección de Metrología, las siguientes: a) Administrar y supervisar el funcionamiento de las actividades de metrología. b) Promover la implementación y desarrollo del Sistema Legal de Unidades de Medida, así como su difusión y la absolución de las consultas que formulen los organismos del sector público o privado. c) Establecer, custodiar y ampliar la colección de los patrones nacionales de medición, garantizar su referencia periódica a patrones de rango superior y asegurar su trazabilidad internacional, conforme a lo dispuesto en las recomendaciones de los organismos internacionales en la materia. d) Establecer las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujetos a control metrológico, así como la información metrológica que deben tener los envases y las tolerancias del contenido neto de los productos envasados a ser comercializados. e) Evaluar y aprobar los modelos de los instrumentos de medición sujetos a control metrológico. f) Establecer los controles metrológicos de los medios de medición, directamente o en coordinación con otros organismos oficiales. g) Elaborar los requisitos legales y técnicos para el reconocimiento de las unidades de verificación metrológica. h) Reconocer a instituciones públicas o privadas acreditadas como unidades de verificación metrológicas. Cuando no existan instituciones acreditadas, se puede reconocer de manera transitoria a instituciones no acreditadas por un período máximo de tres (03) años, pudiendo prorrogarse por un período adicional de un (01) año. i) Evaluar los resultados de los controles metrológicos que realizan las municipalidades y entidades públicas dentro del ámbito de su competencia. j) Elaborar directivas, guías y normas, entre otros documentos relacionados con actividades propias de la dirección. k) Mantener, coordinar y difundir la hora oficial de la República del Perú.

l) Realizar calibraciones y verificaciones de los instrumentos de medición y verificaciones de los patrones secundarios. m) Realizar mediciones de instalaciones, piezas o partes y extender los respectivos informes o certificados. n) Emitir certificaciones metrológicas. o) Producir materiales de referencia certificados. p) Prestar servicios de asesoría técnica en el campo de la metrología, así como realizar actividades de capacitación y formación técnica. q) Verificar que las actividades de metrología estén conforme a las directrices y guías internacionales, a los compromisos comerciales internacionales y de integración sobre la materia asumidos por el Perú, y demás normas nacionales correspondientes. r) Suscribir acuerdos de reconocimiento mutuo con organizaciones metrológicas pares, a nivel regional e internacional, por delegación de la Presidencia Ejecutiva. s) Participar como miembro activo en los organismos regionales e internacionales de metrología, y representar al INACAL en eventos nacionales e internacionales, en el ámbito de su competencia. t) Autorizar o designar laboratorios nacionales en las magnitudes que se considere pertinente y mantener mecanismos de coordinación y vigilancia para el uso de los patrones, estableciendo los requisitos necesarios para otorgar y mantener este reconocimiento y verificar su cumplimiento. u) Promover, apoyar y desarrollar actividades de ciencia y tecnología e innovación en el ámbito de la metrología en el sector científico, industrial y comercial. v) Proponer los proyectos de cooperación interinstitucional y/o de cooperación internacional, en coordinación con la Oficina de Cooperación Internacional. w) Otras funciones que le asigne la Alta Dirección, en el marco de sus competencias. Artículo 41.- Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad La Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad tiene a su cargo la investigación e identificación de la demanda y oportunidades de desarrollo de la infraestructura de la calidad, la identificación de brechas en materia de calidad y el desarrollo de estrategias de intervención, en coordinación con los otros órganos de línea del INACAL, para contribuir con la mejora de dicha infraestructura. Depende funcionalmente de la Presidencia Ejecutiva. Artículo 42.- Funciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad Son funciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad, las siguientes: a) Diseñar estudios respecto de la demanda y la brecha en materia de la calidad. b) Identificar y evaluar las oportunidades para el desarrollo de la infraestructura de la calidad. c) Coordinar con los diferentes sistemas, programas sectoriales y entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales, a fin de optimizar y promover mejoras respecto de la infraestructura de la calidad. d) Desarrollar y proponer mejoras relacionadas con la infraestructura de la calidad. e) Efectuar prospectiva en materia de calidad, conjuntamente con la Oficina de Estudios Económicos. f) Gestionar y coordinar investigaciones, desarrollo tecnológico e innovación relacionada con la infraestructura de la calidad. g) Promover, diseñar, conducir y ejecutar actividades y programas de difusión y capacitación en materia de calidad. h) Promover y proponer la suscripción de convenios de colaboración interinstitucional con universidades o instituciones, a fin de desarrollar actividades académicas, como cursos, programas, foros, conferencias, entre otros. i) Promover la edición y publicación de documentos de investigación en materia de calidad.