Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2019 (12/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de julio de 2019 /

El Peruano

Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío Américo Iván AMICO Fortunic, CIP. 00964232, DNI. 43980893, para que participe en el Curso Naval Command College (NCC), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval de los Estados Unidos de América (Naval War College), en la Ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 12 de julio del 2019 al 27 de junio del 2020; así como, autorizar su retorno al país el 28 de junio del 2020. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 6,416.28 / 31 x 20 días (julio 2019) x 20% US$. 827.91 US$. 6,416.28 x 5 meses (agosto - diciembre 2019) x 20% US$. 6,416.28 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 6,416.28 x 1 compensación US$. 6,416.28 --------------------TOTAL A PAGAR: US$. 13,660.47

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú al Reino de Baréin, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0816-2019 DE/MGP Lima, 10 de julio de 2019 Vista, la Carta G.500-3089 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 19 de junio del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 31 de julio del 2018, el Comandante de las Fuerzas Navales del Comando Central, Quinta Flota y Fuerzas Marítimas Combinadas de los Estados Unidos de América ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para participar en el Ejercicio Marítimo Internacional 2019 (IMX 19), a realizarse en el área de operaciones de las Fuerzas Navales Centro, del 27 de octubre al 12 de noviembre del 2019; asimismo, considera la ejecución de diversas conferencias de planeamiento, entre otras, la Conferencia de Planeamiento Final, del 15 al 18 de julio del 2019; Que, con Carta V.200-1314 de fecha 6 de noviembre del 2018, el Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Comandante de las Fuerzas Navales del Comando Central, Quinta Flota y Fuerzas Marítimas Combinadas de los Estados Unidos de América por la invitación cursada, indicando que ha sido aceptada; asimismo, ha dispuesto la asistencia a la Conferencia de Planeamiento Inicial del referido Ejercicio Marítimo del Capitán de Fragata Eduardo Arturo ZEVALLOS Roncagliolo, Oficial de Enlace en el Centro de Fusión de Información de la Armada de la República de Singapur; así como, su participación en las Conferencias de Planeamiento Principal y Final, acompañado de un (1) Oficial Superior; Que, por Oficio P.200-780 de fecha 15 de mayo del 2019, el Comandante General de Operaciones del Pacífico propone al Capitán de Fragata Paolo Ranieri CAMOGLIANO Mannucci, para que asista a la mencionada conferencia, a realizarse en la Ciudad de Manama, Reino de Baréin; lo que permitirá participar en la fase de planeamiento final de este tipo de entrenamiento operacional y táctico, enfocado a las operaciones de seguridad marítima, cooperación naval y lineamientos de transporte marítimo, respuesta contra minas y protección de la infraestructura marítima, en donde participarán Armadas de diversos países de interés global; Que, de acuerdo con el Documento Nº 111-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con tres (3) días de anticipación; así como, su retorno dos (2) días después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los Literales a), b) o c) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del Numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1787836-1