Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2019 (12/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 12 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al Convenio de Financiación N° DCI-ALA/2015/037-956 con la Unión Europea, referido al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social" fue formalizada mediante intercambio de notas, Nota ARES (2018) 6497460 del 17 de diciembre de 2018, Nota ARES (2018) 6678294 del 31 de diciembre de 2018 y NOTA RE (APC) N° 7-10-B/001 del 31 de enero de 2019; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1°.- Ratifícase la Enmienda al Convenio de Financiación N° DCI-ALA/2015/037-956 con la Unión Europea, referido al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social", formalizada mediante intercambio de notas, Nota ARES (2018) 6497460 del 17 de diciembre de 2018, Nota ARES (2018) 6678294 del 31 de diciembre de 2018 y NOTA RE (APC) N° 7-10-B/001 del 31 de enero de 2019. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro de la Enmienda, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1787588-3

de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)" suscrita el 30 de mayo de 2019. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el Diario Oficial "El Peruano" el texto íntegro de la referida Enmienda, así como la fecha de su entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1787588-4

Delegan facultades para suscribir el Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 115-2019-RE Lima, 10 de julio de 2019 Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 1232, de fecha 3 de julio de 2019, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; y el Memorándum (RED) N° RED00033/2019, de fecha 2 de julio de 2019, de la Dirección de Relaciones Educativas y del Deporte del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Carlos Martín Benavides Abanto, Superintendente Nacional de Educación Superior Universitaria, las facultades suficientes para que suscriba el Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Carlos Martín Benavides Abanto, Superintendente Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1787588-5

Ratifican la "Enmienda N° Quince al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 5270426)"
DECRETO SUPREMO N° 035-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda N° Quince al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)", fue suscrita el 30 de mayo de 2019; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la "Enmienda N° Quince al Convenio de Donación entre los Estados Unidos

Nombran Cónsul del Perú en Tabatinga, República Federativa de Brasil
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 116-2019-RE Lima, 10 de julio de 2019