Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2019 (12/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 12 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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b) Coordinar, preparar, elaborar y presentar el proyecto anual de presupuesto institucional en el marco de las normas vigentes. c) Representar al pliego en la sustentación del presupuesto de la entidad, así como en las diferentes etapas del proceso presupuestario. d) Programar, formular y evaluar la gestión presupuestaria de la entidad, en las fases de programación, formulación y evaluación, en el marco de las disposiciones vigentes que emita el Sistema Nacional de Presupuesto Público. e) Coordinar, controlar, verificar y presentar la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en el presupuesto; así como coordinar con los órganos correspondientes de la entidad las acciones vinculadas a la fase de ejecución presupuestaria. f) Coordinar y proponer conjuntamente con los órganos correspondientes de la entidad, las modificaciones presupuestarias que se requieran. g) Otorgar la certificación del crédito presupuestario de acuerdo a la normatividad vigente. h) Concordar el Plan Operativo Institucional con el Plan Estratégico Institucional y el Presupuesto Institucional. i) Formular y proponer los estudios de inversión pública, en el ámbito de su competencia, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. j) Asesorar a la Alta Dirección y a la entidad en la gestión institucional para el logro de los objetivos estratégicos. k) Proponer, desarrollar y/o revisar estudios estratégicos sobre la temática a cargo del sector, territorio o entidad, en coordinación con los órganos de línea. Sistematizar la información relevante para el proceso de planeamiento estratégico de manera oportuna para la toma de decisiones. l) Brindar asistencia técnica especializada a la entidad en materia de planeamiento estratégico. m) Coordinar el desarrollo del proceso de planeamiento estratégico, bajo un enfoque participativo y conforme a la normatividad vigente, actualizar los planes estratégicos sectoriales, territoriales o institucionales, según corresponda. n) Elaborar lineamientos y mecanismos de articulación (intersectorial, multisectorial y multinivel) para el logro de objetivos comunes, en coordinación con los órganos de línea, en el marco de las políticas, estrategias y planes estratégicos. o) Efectuar el seguimiento y evaluación de la Gestión Estratégica, que comprende el seguimiento en la ejecución del Plan Estratégico Institucional. p) Formular y proponer lineamientos internos institucionales en el marco de las normas del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. q) Absolver consultas referidas al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN que le sean formuladas por la Alta Dirección y demás órganos de la entidad; así como formular las consultas, recomendaciones y propuestas al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN en el ámbito de su competencia. r) Conducir el proceso de modernización de la gestión institucional de la Entidad, de acuerdo a las normas y lineamientos existentes sobre la materia. s) Realizar acciones de seguimiento y evaluación del proceso de implementación de la modernización de la gestión pública en la Entidad. t) Participar en la formulación e implementación de la gestión por procesos, simplificación administrativa, aseguramiento de la calidad, mejora continua, ética pública, promoción de la participación ciudadana, transparencia y acceso a la información pública en materias de su competencia y normatividad vigente. u) Proponer la formulación de lineamientos, directivas e instructivos técnicos en materias de su competencia, para optimizar la gestión y desarrollo organizacional de la Entidad. v) Dirigir los procesos de reestructuración orgánica y de reorganización administrativa de la Entidad, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública. w) Conducir y articular el proceso de formulación, evaluación y actualización, así como emitir informes

técnicos de opinión, sobre los documentos de gestión institucional de la Entidad, en el marco de la normatividad vigente. x) Emitir informes técnicos sobre los alcances de las funciones establecidas a los órganos y unidades orgánicas de la Entidad. y) Mantener relaciones de coordinación técnicofuncional con los organismos rectores de los sistemas administrativos y con el Ministerio de la Producción. z) Otras que le asigne la Gerencia General y las demás funciones previstas en el marco legal vigente. Artículo 25.- Oficina de Estudios Económicos La Oficina de Estudios Económicos es el órgano encargado de brindar asesoría a la Alta Dirección y a las demás dependencias del INACAL, en los asuntos relacionados con las investigaciones y estudios del impacto de las variables macroeconómicas y sectoriales, así como la incidencia y relación de estos con la infraestructura de la calidad. Depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 26.- Funciones de la Oficina de Estudios Económicos Son funciones de la Oficina de Estudios Económicos, las siguientes: a) Elaborar las investigaciones y estudios del impacto de las variables macroeconómicas y sectoriales, así como de las tendencias económicas, tecnológicas, sociales y ambientales en el desempeño de la infraestructura de la calidad. b) Efectuar estudios sobre los beneficios económicos o sociales de utilizar los servicios de la infraestructura de la calidad. c) Elaborar informes y estudios orientados a determinar la demanda y el comportamiento de las brechas, a nivel nacional e internacional, de los componentes de la infraestructura de la calidad, y su correlación con la oferta nacional; así como evaluar los efectos de los acuerdos internacionales en dicha materia. d) Definir, proponer y actualizar los indicadores en materia de calidad. e) Efectuar el seguimiento y evaluar los indicadores en materia de calidad, que incidan en el desempeño de la infraestructura de la calidad. f) Desarrollar modelos predictivos y económicos, basados en las estadísticas sectoriales, para la toma de decisiones. g) Analizar y elaborar las perspectivas de la calidad, en coordinación con los actores de la infraestructura de la calidad. h) Procesar y difundir la información que se genere en el ámbito de su competencia. i) Determinar las necesidades, integrar y sistematizar la información estadística en materia de calidad. j) Conducir, coordinar y consolidar la recopilación, acopio y procesamiento de información estadística en materia de calidad. k) Evaluar el impacto de la infraestructura de la calidad con relación al cumplimiento de las políticas y lineamientos nacionales y sectoriales en materia de calidad. l) Otras que le asigne la Gerencia General y las demás funciones previstas en el marco legal vigente. Artículo 27.- Oficina de Cooperación Internacional La Oficina de Cooperación Internacional es la encargada de coordinar con las entidades nacionales competentes los procesos de cooperación internacional reembolsable y no reembolsable, en el marco de la normativa vigente, así como de las negociaciones con organismos internacionales en materias de competencia de la institución. La Oficina de Cooperación Internacional depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 28.- Funciones de Cooperación Internacional Son funciones de la Oficina Internacional, las siguientes: la de Oficina de

Cooperación

a) Asesorar a la Alta Dirección de la entidad en materia de Cooperación Internacional reembolsable