Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2019 (16/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 16 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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al 24 de mayo de 2019, al abogado Renzo Omar Diestra Sáenz en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Oficina General de Administración de la SUCAMEC; Que, de acuerdo al Oficio N° 322-2019-SUCAMECOGRH, el señor Renzo Omar Diestra Sáenz concluyó su vínculo contractual con la SUCAMEC el 23 de julio de 2019; por lo que a partir del 24 de julio de 2019 el puesto de Ejecutor Coactivo se encuentra vacante; Que, mediante Informe N° 00136-2019-SUCAMECOGA, la Oficina General de Administración informa que debido a que el Contrato Administrativo de Servicios N° 0032-2019-SUCAMEC, suscrito con el Ejecutor Coactivo Renzo Omar Diestra Sáenz culminó, resulta necesario encargar dichas funciones, en tanto se designe al titular del cargo, al abogado Eric Víctor Díaz Rojas, Auxiliar Coactivo, quien suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 0041-2019-SUCAMEC; Que, el Informe Legal Nº 274-2012-SERVIR/GG-OAJ de fecha 19 de marzo de 2012, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, precisa que no existe impedimento para encargar temporalmente el puesto de Ejecutor Coactivo a otro Ejecutor o Auxiliar Coactivo, siendo que la encargatura procede siempre que éste último haya ingresado por concurso público de méritos y reúna los requisitos que la ley exige para el puesto de Ejecutor y se cumplan además con las condiciones propias del encargo; asimismo, el encargo en ningún caso debe exceder el periodo presupuestal; Que, a través del Informe N° 052-2019-SUCAMECOGAJ de fecha 06 de agosto de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que corresponde dar por concluida la designación como Ejecutor Coactivo efectuada al abogado Renzo Omar Diestra Sáenz a través de la Resolución de Superintendencia Nº 479-2019-SUCAMEC, por vencimiento de su contrato administrativo de servicio; señalando que el abogado Eric Víctor Díaz Rojas cumple con el perfil para el puesto a ser encargado, de acuerdo a los requisitos previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS; Que, el numeral 84.1 del artículo 84° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que: "El desempeño de los cargos de los titulares de los órganos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justificada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos"; Que, según lo dispuesto en el literal d) del artículo 11° del ROF de la SUCAMEC, es función del Superintendente Nacional disponer el nombramiento, designación, suspensión o cese del personal de la SUCAMEC; Con el visado del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Gerente General; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; y las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, que crea la SUCAMEC y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, que aprueba el ROF de la SUCAMEC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida, al 23 de julio de 2019, la designación del abogado Renzo Omar Diestra Sáenz en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Oficina General de Administración de la SUCAMEC, efectuada mediante Resolución de Superintendencia Nº 479-2019-SUCAMEC, por las razones expuestas en la presente resolución, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar, a partir de la fecha de emisión de la presente resolución, al abogado Eric Víctor Díaz Rojas, las funciones del Ejecutor Coactivo de la Oficina General de Administración de la SUCAMEC, en adición a sus funciones de Auxiliar Coactivo de la citada Oficina General, en tanto se designa al titular.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA Superintendente Nacional 1797094-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva "Procedimiento para los requerimientos y elaboración de los informes de evaluación de los equipos multidisciplinarios de apoyo a los órganos jurisdiccionales de familia y los que hagan sus veces, a través del Sistema de Gestión de los Equipos Multidisciplinarios - SIGEM"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 285-2019-CE-PJ Lima, 17 de julio de 2019 VISTO: El Oficio Nº 261-2019-CR-PpR FAMILIA-PJ, cursado por la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal "Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia" PP0067. CONSIDERANDO: Primero. Que, en el marco del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial para el año 2019-2021, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 067-2018-CE-PJ de fecha 6 de marzo de 2018, se formuló un programa de actividades a partir de ejes estratégicos, dirigidas al logro de objetivos y metas establecidas en las políticas públicas institucionales para el fortalecimiento de la gestión institucional, que incluye como parte de sus actividades impulsar la utilización de los procesos de los sistemas administrativos de la gestión pública, a través del uso de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), con miras a la simplificación de los procedimientos y lograr la certificación de calidad de éstos, dentro de un contexto de gestión por resultados. Segundo. Que la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal "Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia" PP0067, remite la propuesta denominada "Procedimiento para los requerimientos y elaboración de los informes de evaluación de los equipos multidisciplinarios de apoyo a los órganos jurisdiccionales de familia y los que hagan sus veces, a través del Sistema de Gestión de los Equipos Multidisciplinarios - SIGEM"; elaborada por el Equipo Técnico del citado Programa Presupuestal; así como su implementación a nivel nacional. Tercero. Que, la referida propuesta tiene por objetivo establecer los procedimientos que regulan la atención eficiente y eficaz de los requerimientos y elaboración de los informes periciales de los equipos multidisciplinarios de apoyo a los órganos jurisdiccionales de familia y los que hagan sus veces a través del Sistema de Gestión de los Equipos Multidisciplinarios - SIGEM. En ese sentido, se ha previsto que los procedimientos desarrollados sean de obligatorio cumplimiento para los órganos jurisdiccionales de familia y los que hagan sus veces;