Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2019 (16/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 16
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NORMAS LEGALES
Viernes 16 de agosto de 2019 /
El Peruano
Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6.- El Cadete Naval designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado Cadete Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8.- El citado Cadete Naval está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1797828-1
Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1019-2019 DE/FAP Lima, 13 de agosto de 2019 Visto, el Oficio NC-50-DEPE-N° 0894 de fecha 27 de junio de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Defensa ha establecido los lineamientos de carácter general que sirven de marco de referencia para los objetivos institucionales de la Fuerza Aérea del Perú, los mismos que en concordancia con la Política Nacional, se encuentran inmersos en una permanente política de modernización y fortalecimiento de sus capacidades esenciales; en este contexto, la formación, calificación y entrenamiento de los recursos humanos y la renovación y optimización de los recursos materiales, forman parte del esfuerzo continuo para el logro de la interoperabilidad, eficiencia y transparencia administrativa; Que, la Fuerza Aérea del Perú en el marco del Objetivo Estratégico Nº 2 Obtener los recursos necesarios en calidad, cantidad y oportunidad suficientes para el cumplimiento de la Misión, a través de la Dirección General de Educación y Doctrina, administra la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento del personal FAP, promueve la formulación y desarrollo de la doctrina institucional, mediante la gestión académica y administrativa, que garanticen el apoyo y sostenimiento de la fuerza, el mejoramiento continuo de la calidad, la investigación e innovación y la responsabilidad social; Que, mediante el Oficio # 504/MAAG-ENT de fecha 08 de noviembre de 2018, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América
(GRUCAM), remite al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, la invitación para que dos representantes de la Fuerza Aérea del Perú, participen en el Curso de Refrescamiento C-26 para pilotos de la Dirección de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú (DIVRA), , a realizarse en las instalaciones de la Compañía Flight Safety International, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas-Estados Unidos de América, del 18 de agosto al 23 de agosto de 2019; Que, mediante el Oficio NC-50-DEPE-N° 0894 de fecha 27 de junio de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para participar en el Curso de Refrescamiento C-26, a realizarse en las instalaciones de la Compañía Flight Safety International, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas-Estados Unidos de América, del 18 de agosto al 23 de agosto de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de del Departamento de Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-50-DEPE-N° 0894 de fecha 27 de junio de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del personal militar que se detalla en la parte resolutiva, por cuanto permitirá capacitar y calificar al personal elevando el nivel tecnológico en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costo del curso, viáticos para cubrir alimentación, hospedaje y T.U.U.A., que demande la participación del personal designado, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, no encontrándose cubierto el gasto de transporte local del personal designado, corresponde otorgarse el pago del 20% diarios de la escala de viáticos, de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013DE/SG de fecha 16 de agosto de 2013, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 0562013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0104 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 10 de julio de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005-Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento el pago de 20% por transporte local, de viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero en concordancia a lo establecido en el inciso b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 0022015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y,