Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2019 (16/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de agosto de 2019 /

El Peruano

005-2017-MC y la Política Nacional de Transversalización del Enfoque Intercultural, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-MC. Que, mediante Oficio N° D000373-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico remite el Informe Técnico N° D000021-2019-CEPLAN-DNCPPN, en el cual, entre otros, se concluye que la lista sectorial a ser aprobaba por el Ministerio de Cultura, mediante resolución de su Titular, deberá contener la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad y la Política Nacional de Transversalización del Enfoque Intercultural; Que, atendiendo a ello, mediante Memorando Nº D000305-2019-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° D000042-2019-OPL/MC, mediante el cual se estima procedente la aprobación de la lista sectorial de Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Cultura; Que, en el marco de las normas aplicables y teniendo en cuenta lo expresado por la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, así como lo señalado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta pertinente aprobar la lista sectorial de Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, Reglamento que regula las Políticas Nacionales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad 2. Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Ministro de Cultura 1797856-1

Autorizan viaje de Coordinador y Programador del Gran Teatro Nacional al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 331-2019-MC Lima, 14 de agosto de 2019 VISTOS; el Informe N° D000072-2019-GTN/MC del Gran Teatro Nacional; el Proveído N° D001347-2019DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, el Proveído N° D002648-2019-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado,

ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante Carta s/n de fecha 10 de julio de 2019, la Jefa de Artes del British Council cursa invitación al señor Mauricio Manuel Salas Torreblanca, Coordinador y Programador del Gran Teatro Nacional del Ministerio de Cultura, para que participe en la edición 2019 del Edimburgh Showcase, a realizarse del 19 al 24 de agosto de 2019, en la ciudad de Edimburgo, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, conforme a lo señalado en el precitado documento, el citado evento bianual es una excelente oportunidad para las compañías contemporáneas de teatro y danza del Reino Unido para mostrar su trabajo a programadores internacionales, y que éstos a su vez puedan acercarse a lo más diverso y representativo de las artes escénicas de ese país; Que, a través del Informe N° D000072-2019-GTN/ MC, el señor Mauricio Manuel Salas Torreblanca solicita autorización para participar en el mencionado evento; señalando que representa un intercambio de información y experiencias, enfocado en el desarrollo de la gestión cultural a través del Gran Teatro Nacional, como herramienta de política cultural del Estado; asimismo, indica que el Gran Teatro Nacional, como infraestructura dependiente del Ministerio de Cultura, es la principal plataforma cultural en el Perú, encargada de promover y difundir las diversas manifestaciones artísticas provenientes del Perú y del resto del mundo; Que, asimismo, precisa que la importancia de su participación en el precitado evento radica en compartir experiencias y constituir puntos importantes de contacto con espacios culturales internacionales que representen sinergias, capacitaciones, asesoría, adquisición de conocimiento práctico, entre otros, que forman parte del desarrollo de las políticas culturales y gestión cultural del sector; motivo por el cual su participación representa una invaluable oportunidad para generar aportes al desarrollo de políticas con agentes culturales a nivel internacional y que comparten los mismos objetivos, responsabilidades y preocupaciones que el Ministerio de Cultura; Que, mediante el Proveído N° D002648-2019VMPCIC/MC, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales manifiesta su conformidad con el viaje en comisión de servicios del citado servidor; Que, con Informe N° D000045-2019-OGAJ-PGC/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Coordinador y Programador del Gran Teatro Nacional del Ministerio de Cultura; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Mauricio Manuel Salas Torreblanca, a la ciudad de Edimburgo, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos por el British Council, mientras que sus gastos por viáticos serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios