Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de julio de 2018 /

El Peruano

de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1669312-6

hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón, las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 22 de mayo de 2018 (fojas 6), Danty Omar Damián Moroco, regidor del concejo municipal, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 029-2018-MPI, de fecha 31 de mayo de 2018 (fojas 2 y 3), por el periodo de ciento veinticinco (125) días calendario. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó la solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal; sin embargo, se aprecia que el periodo de licencia concedido excede a lo que establece el literal c del numeral 4 del artículo 14 de la LER, por lo que resulta necesario adecuar dicho plazo a ciento veinte (120) días calendario antes de la fecha de la elección. 7. Por consiguiente, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 00812018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a María Candelaria Baylón Vizcarra, identificada con DNI N° 30837438, candidata no proclamada de la organización política local provincial Integración Islay, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Danty Omar Damián Moroco, regidor del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Candelaria Baylón Vizcarra, identificada con DNI N° 30837438, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1669312-7

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 0451-2018-JNE Expediente N° J-2018-00287 ISLAY - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintiocho de junio de dos mil dieciocho. VISTOS el Oficio N° 096-2018-MPI/SG, recibido el 6 de junio de 2018, presentado por Alexander Casapía Núñez, secretario general de la Municipalidad Provincial de Islay, departamento de Arequipa, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, concedida a Danty Omar Damián Moroco, regidor de la comuna edil. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que se hará efectiva a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que se hará efectiva a partir del 9 de junio de 2018. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culminan el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia y departamento de Puno
RESOLUCIÓN Nº 0452-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00302 SAN ANTONIO - PUNO - PUNO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA