Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de julio de 2018 /

El Peruano

red vial, red hídrica, energía y minas, catastro urbano y rural, cartografía básica oficial, red de agua, desagüe, ordenamiento territorial, trabajos de investigación, entre otros, generando el beneficio de la región donde se encuentran instaladas; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0090 ­ 2016 / IGN/OAJ de fecha 01 de setiembre de 2016, se resolvió aprobar las características técnicas mínimas de los equipos geodésicos GNSS de infraestructura para la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo, la cual está constituida por todas las Estaciones de Rastreo Permanente que se encuentran enlazadas e integradas a la mencionada red; Que, mediante documento del visto, el Ministerio de Justicia dispuso la implementación del Índice de las Estaciones de Rastreo Permanente y contenido mínimo de la base de datos estructurada, la cual estará a cargo del Instituto Geográfico Nacional; Que, mediante Informe Técnico N° 027-2018/IGN/ DC/DPG, el Jefe del Departamento de Procesamiento Geodésico del IGN, señala que en cumplimiento a la norma del visto, la estructuración dispuesta de la Estaciones de Rastreo Permanente ha sido verificada por el Departamento de Control de Calidad y el Departamento de Procesamiento Geodésico del Instituto Geográfico Nacional, encontrándose en condiciones de ser presentadas para su publicación correspondiente; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27292 "Ley del Instituto Geográfico Nacional" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005 ­ DE/SG, la Ley N° 28294 "Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios" y su reglamento, el Decreto Supremo N° 005-2018-JUS, y en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Suprema Nº 1932017­DE/EP del 28 de diciembre de 2017; y, Estando a lo propuesto por el señor Teniente Coronel Director de la Dirección de Cartografía del Instituto Geográfico Nacional. SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR la implementación del Índice de las Estaciones de Rastreo Permanente que constituye la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC), la cual será administrada por el Instituto Geográfico Nacional y que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y en el Portal Institucional del Instituto Geográfico Nacional Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS ALBERT RODRIGUEZ MONGE Jefe del Instituto Geográfico Nacional 1668661-1

Que, por Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS se constituye el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, encargado de supervisar los avances en el cumplimiento de los objetivos de sus programas sociales, así como de velar por la transparencia en la ejecución de sus prestaciones sociales. Asimismo, establece que los miembros del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana son designados mediante resolución del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta del Presidente del mencionado Comité, coordinado previamente con la institución a representar; Que, por Resolución Ministerial Nº 055-2015-MIDIS se designó al señor Edwin Licona Licona como miembro del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, en representación de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales - ANGR; Que, mediante Oficio Nº 027-2018-CTVC, el Presidente del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana solicita, en atención a las coordinaciones realizadas con el Presidente de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales, la designación de la señora Mary Esther Rosales More como nueva representante de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales ­ ANGR, ante el citado Comité; Que, en virtud de las consideraciones expuestas, corresponde designar a la nueva representante de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales ­ ANGR, que integrará el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, creado por Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; y, en el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales ­ ANGR ante el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, realizada mediante Resolución Ministerial Nº 055-2015-MIDIS. Artículo 2.- Designar a la señora Mary Esther Rosales More como miembro del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, constituido mediante Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, en representación de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales ­ ANGR. Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana y a la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales ­ ANGR. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1669562-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan miembro del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, en representación de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales - ANGR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2018-MIDIS Lima, 11 de julio de 2018 VISTO: El Oficio Nº 027-2018-CTVC, emitido por el Presidente del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica;

Designan representante alterno/a del Ministerio ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2018-MIDIS Lima, 11 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 82-2018-MIDIS/VMPES/DGSE, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación; el Proveído Nº 854-2018-MIDIS/VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y, el Proveído Nº 3295-2018-MIDIS/SG, de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y