Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 13 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

13

Designan miembros del Consejo Directivo del PROFONANPE a representantes de los gobiernos regionales
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2018-MINAM Lima, 12 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 26154, se crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado - FONANPE, como fondo fiduciario intangible destinado a la conservación, protección y manejo de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, el cual estará administrado por el PROFONANPE, institución de derecho privado sin fines de lucro y de interés público y social que goza de existencia legal y personería jurídica propia con arreglo a las normas del citado Decreto Ley, que se rige por sus Estatutos y en forma supletoria por las normas del Código Civil; Que, el artículo 2 del citado Decreto Ley, establece que el Consejo Directivo del PROFONANPE está integrado por ocho miembros, de los cuales cuatro son representantes del Estado, dos de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, un representante de los gremios empresariales y un representante de una organización de cooperación internacional invitada a participar por el Ministerio del Ambiente. El Estado es representado por el Ministro del Ambiente o su representante, quien preside el Consejo Directivo; el Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; y, un representante de los gobiernos regionales; Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Ley N° 26154, aprobado por Decreto Supremo N° 024-93AG, señala que los miembros del Consejo Directivo del PROFONANPE, con excepción del Ministro del Ambiente o su representante y del Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, son designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Ambiente; Que, del mismo modo, el citado artículo establece que con excepción de los representantes del Estado, el período de mandato de los demás representantes del Consejo Directivo de PROFONANPE será de dos años, pudiendo ser reelegidos por un período consecutivo; Que, bajo este marco normativo, a través de la Resolución Suprema N° 009-2009-MINAM, actualizada con Resolución Suprema N° 018-2009-MINAM, se designa al representante de los gobiernos regionales ante el Consejo Directivo del PROFONANPE; Que, posteriormente, por Resolución Suprema N° 004-2018-MINAM se designó como nuevos miembros del citado Consejo Directivo a representantes de la organización de cooperación internacional, de los gremios empresariales, de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, y, asimismo, se actualizó la designación de la representante del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Oficio N° 181-2018-ANGR/P, el Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales comunica al Ministerio del Ambiente la designación de sus representantes ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; por lo que resulta necesario actualizar dicha designación; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Ley N° 26154, que crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ FONANPE; y, el Decreto Supremo N° 024-93-AG, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley N° 26154; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como miembros del Consejo Directivo del PROFONANPE a los representantes de los gobiernos regionales, según el siguiente detalle:

- MANUEL GAMBINI RUPAY, como representante titular. - JORGE GUSTAVO ALEJANDRO SUAREZ DE FREITAS CALMET como representante alterno. Artículo 2.- Dejar sin efecto la designación del representante de los gobiernos regionales, efectuada por Resolución Suprema N° 009-2009-MINAM y actualizada con Resolución Suprema N° 018-2009-MINAM. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1669642-10

Conforman el Equipo de Trabajo para la implementación del Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Ministerio del Ambiente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2018-MINAM Lima, 11 de julio de 2018 VISTOS; el Informe N° 108-2018-MINAM/SG/OGA, de la Oficina General de Administración; el Informe N° 178-2018-MINAM/SG/OGA/OTIC, de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorando N° 272-2018-MINAM/SG/OGAJ y el Informe N° 421-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2017-PCM, se aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú 2017 - 2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú" con la finalidad de promover la apertura de datos de la información de las entidades públicas, la innovación en la generación de valor público con la reutilización de los datos abiertos para la creación de nuevos productos y servicios con el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), para el desarrollo social y económico, en el marco de un gobierno abierto; y, promover alianzas público-privadas a través de la apertura y reutilización de los datos abiertos, para mejorar los servicios a la ciudadanía; Que, el numeral 2 del "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", señala que antes de la ejecución de los procesos operativos, las Entidades deben conformar un equipo técnico multidisciplinario encargado de implementar los datos abiertos, con la capacidad para desempeñar roles de: coordinación, funcional, técnico, jurídico y comunicaciones, el cual debe incorporar un representante de Alta Dirección e involucrar al personal dedicado a la transparencia, innovación, desarrollo social y económico; asimismo, debe considerar la designación de un responsable o unidad orgánica encargada de gestionar los datos abiertos gubernamentales, del desarrollo de capacidades del personal en la gestión de proyectos y datos abiertos, la sensibilización sobre el potencial de los datos abiertos, la adopción de los mecanismos e instrumentos para la apertura, reutilización, las mediciones sobre el desempeño; y apoyar el fortalecimiento de las unidades orgánicas dedicadas a la gestión de datos, inteligencia de negocios y análisis de datos; Que, en esa línea, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros elaboró la "Guía rápida para la apertura de Datos Gubernamentales" con el propósito de apoyar el proceso operativo para la