Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 17
El Peruano / Viernes 13 de julio de 2018
NORMAS LEGALES
17
Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística e Informática de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, coordina y concierta la política y la formulación y ejecución de los planes de sus órganos conformantes; Que, el artículo 3 del Reglamento del Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística e Informática CCOI, aprobado por Resolución Jefatural Nº 243-2001-INEI, señala que para los fines de operatividad y funcionamiento, el CCOI está compuesto por el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística y por el Comité de Coordinación Interinstitucional de Informática. Asimismo, cada comité asume responsabilidades y ejecuta actividades en el ámbito de su competencia dentro de los Sistemas Nacionales correspondientes; Que, los artículos 5 y 7 del citado Reglamento establecen quienes integran el Comité de Coordinación Interinstitucional, Estadístico e Informático, y que la designación de sus miembros, titular y suplente, es efectuada por los Ministros responsables de cada Sector, y/o por la autoridad pertinente de mayor nivel institucional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2016-MIDIS, se designó a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística; Que, a través de los documentos de Vistos, se propone actualizar la designación del representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística; Que, en ese contexto, corresponde designar al nuevo representante alterno ante el referido Comité, y dar por concluida la designación dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 283-2016-MIDIS; Con el visto bueno del Viceministro de Políticas y Evaluación Social, del Secretario General, y del Director General de Seguimiento y Evaluación; De acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística, dispuesta mediante Resolución Ministerial Nº 283-2016-MIDIS. Artículo 2.- Designar a el/la Director/a de la Dirección de Diseño de Focalización de la Dirección General de Focalización como representante alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística. Artículo 3.- Notificar la presente resolución al/a la representante alterno/a designado/a en el artículo precedente, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1669562-2
y Coordinación de las Prestaciones Sociales; y el Memorando Nº 193-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, se establecieron las funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y las organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria PCA; señalándose en los literales a) y e) del artículo 6, que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene, entre otras, las funciones de establecer lineamientos de gestión y aprobar medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del PCA, así como crear o modificar las modalidades del PCA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2016-MIDIS, se aprobó el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria PCA; Que, el artículo 70 del Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece que es función de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales del Viceministerio de Prestaciones Sociales, entre otras, formular y proponer normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias, y realizar el monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias en el ámbito del Sector Desarrollo e Inclusión Social; Que, bajo ese contexto, mediante Informe Nº 184-2018-MIDIS/VMPS/DGACPS/DPSC, la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias propone y sustenta la modificación de los artículos 12, 26 y 29 del Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria PCA, respecto a la modalidad Adultos en Riesgo; y en atención al análisis y evaluación de las solicitudes presentadas por centros de atención, tales como asociaciones y federaciones de personas con discapacidad y de adultos mayores; Que, asimismo, de acuerdo con el Acta de Reunión del Comité de Coordinación Interinstitucional CCI con las Organizaciones Sociales de Base del Programa de Complementación Alimentaria PCA, las representantes de las Organizaciones Sociales de Base que conforman el comité manifestaron su conformidad con la modificación del Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria PCA, propuesta por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; Que, en consecuencia, atendiendo a lo señalado por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, y a fin de garantizar una adecuada gestión del Programa de Complementación Alimentaria PCA, corresponde aprobar la modificación del Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria PCA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2016-MIDIS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, y de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado con Decreto
Modifican el Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria - PCA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 215-2018-MIDIS Lima, 11 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 184-2018-MIDIS/VMPS/DGACPS/ DPSC, de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación