Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 13 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística e Informática de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, coordina y concierta la política y la formulación y ejecución de los planes de sus órganos conformantes; Que, el artículo 3 del Reglamento del Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística e Informática ­ CCOI, aprobado por Resolución Jefatural Nº 243-2001-INEI, señala que para los fines de operatividad y funcionamiento, el CCOI está compuesto por el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística y por el Comité de Coordinación Interinstitucional de Informática. Asimismo, cada comité asume responsabilidades y ejecuta actividades en el ámbito de su competencia dentro de los Sistemas Nacionales correspondientes; Que, los artículos 5 y 7 del citado Reglamento establecen quienes integran el Comité de Coordinación Interinstitucional, Estadístico e Informático, y que la designación de sus miembros, titular y suplente, es efectuada por los Ministros responsables de cada Sector, y/o por la autoridad pertinente de mayor nivel institucional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2016-MIDIS, se designó a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística; Que, a través de los documentos de Vistos, se propone actualizar la designación del representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística; Que, en ese contexto, corresponde designar al nuevo representante alterno ante el referido Comité, y dar por concluida la designación dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 283-2016-MIDIS; Con el visto bueno del Viceministro de Políticas y Evaluación Social, del Secretario General, y del Director General de Seguimiento y Evaluación; De acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística, dispuesta mediante Resolución Ministerial Nº 283-2016-MIDIS. Artículo 2.- Designar a el/la Director/a de la Dirección de Diseño de Focalización de la Dirección General de Focalización como representante alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística. Artículo 3.- Notificar la presente resolución al/a la representante alterno/a designado/a en el artículo precedente, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1669562-2

y Coordinación de las Prestaciones Sociales; y el Memorando Nº 193-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, se establecieron las funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y las organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA; señalándose en los literales a) y e) del artículo 6, que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene, entre otras, las funciones de establecer lineamientos de gestión y aprobar medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del PCA, así como crear o modificar las modalidades del PCA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2016-MIDIS, se aprobó el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA; Que, el artículo 70 del Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece que es función de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales del Viceministerio de Prestaciones Sociales, entre otras, formular y proponer normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias, y realizar el monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias en el ámbito del Sector Desarrollo e Inclusión Social; Que, bajo ese contexto, mediante Informe Nº 184-2018-MIDIS/VMPS/DGACPS/DPSC, la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias propone y sustenta la modificación de los artículos 12, 26 y 29 del Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA, respecto a la modalidad Adultos en Riesgo; y en atención al análisis y evaluación de las solicitudes presentadas por centros de atención, tales como asociaciones y federaciones de personas con discapacidad y de adultos mayores; Que, asimismo, de acuerdo con el Acta de Reunión del Comité de Coordinación Interinstitucional ­ CCI con las Organizaciones Sociales de Base del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA, las representantes de las Organizaciones Sociales de Base que conforman el comité manifestaron su conformidad con la modificación del Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA, propuesta por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; Que, en consecuencia, atendiendo a lo señalado por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, y a fin de garantizar una adecuada gestión del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA, corresponde aprobar la modificación del Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2016-MIDIS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, y de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado con Decreto

Modifican el Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria - PCA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 215-2018-MIDIS Lima, 11 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 184-2018-MIDIS/VMPS/DGACPS/ DPSC, de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación