Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 13 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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presentada por Southern Perú Copper Corporation Sucursal del Perú, y la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 052-95, a fin de modificar el Anexo Nº 2 y el Anexo Nº 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 052-95 aprobado en el artículo precedente, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 05295, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Southern Perú Copper Corporation Sucursal del Perú, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1668199-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 863-2018-IN Lima, 12 de julio de 2018 VISTOS; el Mensaje I-24/7 con referencia 2017-7946, de fecha 16 de junio de 2018, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma, la Hoja Estudio y Opinión N° 222-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 10 de julio de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 238-2018-SDG PNP/DIRASINTDIVABI-D.R., de fecha 10 de julio de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001985-2018/IN/OGAJ, de fecha 11 de julio de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 163-2017-JUS, de fecha 26 de julio de 2017, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Erik Ever Montero Goicochea, formulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa y declarada procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - Robo agravado en grado de tentativa, en agravio de Heida Mariela León Alcántara y Lizmer Valderrama León Alcántara; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje I-24/7 con referencia 20177946, de fecha 16 de junio de 2018, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima que se ha concedido la extradición activa del ciudadano peruano Erik Ever Montero Goicochea, motivo por el cual solicitan los nombres y planes de desplazamiento del personal policial que se va a encargar de recibir, custodiar

y trasladar al citado reclamado, desde la ciudad de Milán ­ República Italiana, hacia territorio peruano; Que, con Hoja Estudio y Opinión N° 222-2018-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 10 de julio de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Felipe Guevara Elías y de la Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Giuliana Cecilia Alvarado Mesarina, propuestos por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, del 13 al 20 de julio de 2018, a la ciudad de Milán ­ República Italiana, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, los gastos por concepto de viáticos del personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3267-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE, de fecha 6 de julio de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, son asumidos por el Poder Judicial del Perú; Que, el artículo 3 del Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del