Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2019 (26/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Sábado 26 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES
ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

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EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTOS: En Sesión Extraordinaria del Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 609-2019-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 036-2019-GPPR/ MDA, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Legal Nº 248-2019GAJ/MDA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1310-2019-GAF/MDA, de la Gerencia de Administración y Finanzas, y el Memorándum Nº 469-2019-GAFDES/MDA, de la Gerencia de Asuntos Familiares, Desarrollo Económico y Social, referidos a la aprobación de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 ­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, la Municipalidad Distrital de Ancón, aprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, mediante Ordenanza Nº 405-2019-MDA, el cual fue ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 070-2019-MML, sin embargo, no se encuentran incluidos los procedimientos de Licencia de Funcionamiento. Que, a través del Decreto Supremo Nº 045-2019PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 09 de marzo de 2019, se aprueban procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento, así como las correspondientes tablas ASME-VM, disponiéndose la observancia obligatoria para todas las municipalidades provinciales y distritales del país, a cargo de la tramitación de los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento que forman parte de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en el marco de las competencias señaladas en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA, ha procedido a la elaboración del Proyecto de Ordenanza, a través del cual se aprueban los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento y sus correspondientes derechos de tramitación, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento, contando para ello con la Opinión Favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Conformidad de la Gerencia Municipal. Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento Apruébense los procedimientos administrativos correspondientes a Licencia de Funcionamiento, a cargo de la Gerencia de Asuntos Familiares, Desarrollo Económico y Social, así como sus respectivos requisitos y costos administrativos, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza; el cual será incorporado al Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de la Municipalidad Distrital de Ancón. Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento Apruébense los 9 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, conforme a la relación que se detalla a continuación:
DERECHO DE TRAMITACIÓN (S/)



PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

GERENCIA DE ASUNTOS FAMILIARES, DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.15 EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (CON ITSE POSTERIOR) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.16 EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.17 EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.18 EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA) 03.19 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (CON ITSE PREVIA) 112.70

125.80

264.60

525.20

494.80

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.20 CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.21 CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA 03.22 CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA) 03.23 TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA

124.40

260.20

518.30

27.90 GRATUITO

03.24 CESE DE ACTIVIDADES

Artículo Tercero.Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976 Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Texto Único Ordenando de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento ­ Ley Nº 28976, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, al Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, así como a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0452019-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16º del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 28976, corresponde