Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2019 (26/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 55
El Peruano / Sábado 26 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES ORGANISMOS REGULADORES
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Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 28,500.00), para financiar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2019 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible PIRDAIS", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE PIRDAIS"
MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen publicar proyecto de resolución y de norma "Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del SPT, SGT y Contrato ETECEN - ETESUR"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 179-2019-OS/CD Lima, 24 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, Osinergmin, dentro de su ámbito de competencia, ejerce la función normativa contemplada en el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la cual comprende la facultad de dictar normas que regulen los procedimientos a su cargo. Ello se complementa con lo establecido en el artículo 21 de su Reglamento General aprobado con Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, que establece que Osinergmin dicta de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones, siendo que estos reglamentos y normas podrán definir los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios; Que, Osinergmin en ejercicio de su función reguladora es competente para fijar las respectivas tarifas de generación y transmisión eléctrica, de conformidad con la citada Ley N° 27332, el Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Eléctricas ("LCE") y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM ("RLCE"), y con la Ley N° 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica y el Reglamento de Transmisión, aprobado con Decreto Supremo N° 027-2007-EM. Para tales efectos, tiene el encargo de elaborar y aprobar los procedimientos necesarios para el cumplimiento de sus funciones; Que, sobre la base de lo dispuesto en las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, en su momento vigente, el Estado Peruano suscribió contratos de concesión bajo la modalidad BOOT (Build, Own, Operate, Transfer); el contrato relativo a los Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN-ETESUR; y Contratos de Concesión del Sistema Garantizado de Transmisión; Que, mediante las Resoluciones N° 335-2004-OS/CD, N° 336-2004-OS/CD y N° 200-2010-OS/CD, se aprobaron las normas relacionadas a la liquidación anual de los ingresos por el servicio de transmisión eléctrica de los correspondientes contratos de concesión, estableciendo distintos procedimientos administrativos para los diferentes tipos de contratos celebrados, respecto de los cuales, a la fecha, corresponde actualizar y uniformizar criterios, así como adaptar los cambios normativos ocurridos desde que fueron publicados; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debidamente sustentados. Dichas entidades permitirán
NRO.
ENTIDAD EJECUTORA
NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO
01
ACTIVIDAD: "CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS MUNICIPALIDAD A L T E R N A T I V O S DISTRITAL SOSTENIBLES, EN LA DE HERMILIO ETAPA POST COSECHA VALDIZAN DEL CULTIVO DE CAFÉ, EN EL DISTRITO DE HERMILIO VALDIZAN LEONCIO PRADOHUÁNUCO" TOTAL
28,500.00
28,500.00
1820792-1