Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2019 (26/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de octubre de 2019 /

El Peruano

San Martín, Opina Favorablemente para declarar de interés Regional el Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior Tecnológica e Institutos de Educación Superior Pedagógicas en la Región San Martín; Que, mediante Informe Técnico Nº0006-2019-GRSM/ GRDS/MPSV, de fecha 22 de agosto de 2019, concluye que resulta pertinente el pedido de Declarar de Interés Regional el Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior Tecnológica e Institutos de Educación Superior Pedagógicas en la Región San Martín; Que, mediante Informe Legal Nº 552-2019-GRSM/ ORAL, de fecha 28 de agosto de 2019, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, Opina Favorablemente, por la emisión de una Ordenanza Regional de Declarar de Interés Regional el Licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica como Institutos de Educación Superior Tecnológico en el Departamento de San Martín; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada llevado a cabo el día martes 10 de Setiembre del 2019, desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional San Martín, se aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional el Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior Tecnológica y los Institutos de Educación Superior Pedagógicas en el departamento de San Martin. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social a través de la Dirección Regional de Educación, emitir los instructivos y planes regionales para el Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior Tecnológica y los Institutos de Educación Superior Pedagógicas en el departamento de San Martin. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional., previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. LUIS ALBERTO ALIAGA ROJAS Presidente del Consejo Regional Consejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los trece días del mes de setiembre del dos mil diecinueve. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. PEDRO BOGARÍN VARGAS Gobernador Regional 1819968-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican derechos de trámite relacionados a 9 procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por la Municipalidad Distrital de Ancón y aprobados en la Ordenanza N° 412-2019MDA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 233 Lima, 17 de octubre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009508 de fecha la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT, de fecha 26 de setiembre de 2019, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 412-2019MDA, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la citada ordenanza de la Municipalidad Distrital de Ancón, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000877, de fecha 25 de setiembre de 2019, según el cual se pronunció favorablemente respecto a 09 derechos de trámite que corresponden a un total de 09 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos han sido sustentados, listados en el Anexo A, aprobados en la ordenanza materia de la ratificación; Que, el mencionado informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que sustituye a la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias; el Texto Único Ordenado (TUO) de la misma; el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, modificado por la Ley Nº 30230; el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales; debiéndose efectuar la publicación