Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2019 (26/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 26 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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Disponen la publicación en el portal institucional de proyecto de Resolución Ministerial que establece los supuestos de procedencia y evaluación del Informe Técnico Sustentatorio - ITS, en el marco del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 975-2019-MTC/01.02 Lima, 25 de octubre de 2019 VISTO: El Memorándum Nº 1908-2019-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional, entre otras; asimismo, tiene como función rectora dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2019-MTC, se aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes (en adelante, el Reglamento) con el objeto de regular la gestión ambiental de las actividades, proyectos y/o servicios de competencia del Sector Transportes; Que, de acuerdo al artículo 20 del Reglamento, las modificaciones y/o ampliaciones a los proyectos de inversión del Sector Transportes, que cuenten con Certificación Ambiental, y/o mejoras tecnológicas en los procesos de operación que pudieran generar impactos ambientales negativos no significativos, el titular del proyecto deberá presentar antes de la ejecución de las modificaciones o ampliaciones, un Informe Técnico Sustentatorio - ITS y obtener la conformidad correspondiente; la Autoridad Competente está facultada para aprobar los criterios técnicos para la procedencia y evaluación del Informe Técnico Sustentatorio - ITS, previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente, con el objetivo de orientar a los administrados y generar predictibilidad sobre sus decisiones; Que, mediante Memorándum Nº 1908-2019-MTC/16, la Dirección General de Asuntos Ambientales adjunta el Informe Técnico Legal Nº 0161-2019-MTC/16.JGP.NMD, mediante el cual se propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que establece los supuestos de procedencia y evaluación del Informe Técnico Sustentatorio - ITS, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento; Que, conforme al artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial "El Peruano", en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, son puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, precisando que el aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles;

Que, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 "Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos", aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01, establece que mediante resolución ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente; Que, en consecuencia, es necesario disponer la publicación de los supuestos de procedencia y evaluación del Informe Técnico Sustentatorio - ITS, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01; y, el Decreto Supremo Nº 004-2017-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2019-MTC, que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto de Resolución Ministerial Dispóngase la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que establece los supuestos de procedencia y evaluación del Informe Técnico Sustentatorio - ITS, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2019-MTC, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, (www.mtc.gob.pe), con el objeto de recibir los comentarios de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2. Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre la propuesta que establece los supuestos de procedencia y evaluación del Informe Técnico Sustentatorio - ITS, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2019-MTC, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas por escrito a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Asuntos Ambientales, ubicada en Jr. Zorritos Nº 1203 - Cercado de Lima, o a la dirección electrónica consultasdgaam@mtc.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1820929-1

Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que otorga un nuevo plazo para la adecuación ambiental de actividades, proyectos y/o servicios del sector transportes que no cuenten con certificación ambiental prevista en el Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 976-2019-MTC/01.02 Lima, 25 de octubre de 2019