Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2019 (26/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 26 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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habitacional conforme al Plan Anual de Administración de BFH aprobado por el Directorio del FMV; Que, el Decreto Supremo N° 303-2019-EF autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas a favor, entre otros, a favor del MVCS, para el financiamiento del BFH hasta por un monto de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, mediante Memorándum Nº 1792-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo comunica la suscripción de la Adenda Nº 03 al Convenio Nº 005-2019-VIVIENDA para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio, por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del FMV, en el marco de lo establecido por el artículo 16 de la Ley Nº 30879; Que, con Memorándum Nº 2418-2019-VIVIENDA/OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 561-2019-VIVIENDA/ OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del FMV, destinada a la ejecución del BFH en su modalidad de aplicación: Construcción en Sitio Propio; para lo cual se ha suscrito la Adenda Nº 03 al Convenio Nº 005-2019-VIVIENDA, precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, en ese sentido, es necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del FMV, destinada al financiamiento del BFH; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, el Decreto Legislativo Nº 1226, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en su modalidad de aplicación: Construcción en Sitio Propio. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006085. Selección Asignación y Supervisión del Bono Familiar Habitacional, Fuente de

Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, el Convenio N° 005-2019-VIVIENDA y su Adenda Nº 03. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, el Convenio N° 005-2019-VIVIENDA y su Adenda Nº 03. Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1820941-1

Designan Director de la Oficina de Prensa y Comunicaciones de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 345 -2019-VIVIENDA Lima, 25 de octubre del 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 288-2019-VIVIENDA se designó al señor Gerardo Alonso Caballero Rojas, en el cargo de Director de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cargo al cual ha formulado renuncia, por lo que corresponde aceptarla; Que, del mismo modo, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina de Prensa y Comunicaciones de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por lo que corresponde designar a la persona que ocupará el mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gerardo Alonso Caballero Rojas, al cargo de Director de