Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2019 (18/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de julio de 2019 /

El Peruano

actualización de dichos instrumentos de gestión, los mismos que contribuirán al buen desarrollo de la gestión actual dentro del marco legal vigente; Es preciso señalar que la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, ha sufrido diversas modificatorias de acuerdo al siguiente detalle; Ley Nº 30937, Ley Nº 30865, Ley 30779 y demás. Asimismo, a través del Decreto Legislativo Nº 1272 y Decreto Legislativo Nº 1452, se modificó algunos artículos de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. De igual forma, con Decreto Supremo Nº 0042019-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley 27444. Que, en atención a temas presupuestales, mediante Decreto Legislativo Nº 1440 se derogó la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, salvo la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y la Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de dicha Ley, las cuales mantienen su vigencia. Que, siendo política de la actual gestión municipal viabilizar, atender, resolver oportunamente los diversos requerimientos y servicios encomendados a los gobiernos locales y a fin de poder desconcentrar las recargadas actividades del Despacho de Alcaldía, y de esta manera a cumplir con los objetivos trazados por esta entidad edil, así como ejercer y mejorar las funciones de manera eficiente, efectiva y eficaz, es menester proceder a delegar funciones y atribuciones administrativas. Por lo expuesto, este despacho de Asesoría Jurídica sugiere: i) Derogar el Decreto de Alcaldía Nº 001-2015-MDCLR. ii) Emitir Resolución de Alcaldía ACTUALIZADO que apruebe la delegación de facultades. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía Nº 001-2015-MDCLR del 10-04-2015, por los considerandos mencionados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y unidades orgánicas de la Municipalidad de Carmen de la Legua-Reynoso, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 1789128-1

VISTO, en "Sesión Ordinaria" del 28-06-2019, el Dictamen Nº 018-2019-COPP/MPMN de Registro Nº 1922557 de fecha 24-06-2019, sobre incorporación de los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento en el "Texto Único de Procedimiento Administrativo" de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto"; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 del 26-052003; Que, en el inciso 9) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 74º y numeral 4º del Art. 195º; señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas mediante ordenanzas; Que, el Código Tributario establece que Tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; y, que las Tasas, entre otras, pueden ser los Derechos, que los define como las tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público; Que, el inciso b) del artículo 68º del TUO de la Ley de Tributación Municipal establece que las Municipalidades podrán imponer tasas por servicios administrativos o derechos y las define como las tasas que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS establece que mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros se aprueban los procedimientos administrativos estandarizados de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modificarlos o alterarlos; y, están obligadas a incorporarlos en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos; Que, el D.S. 045-2019-PCM de fecha 09 de marzo 2019 aprobó diez (10) procedimientos administrativos estandarizados de Licencias de Funcionamiento, y se aprobaron sus tablas ASME VM; dejándose sin efecto la Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM en el que se aprobó el TUPA modelo de los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2018MPMN del 26 de diciembre del 2018 se crearon ciento noventa y nueve (199) tasas y se establecieron ciento cincuenta y ocho (158) procedimientos administrativos, sus requisitos y plazos para resolver, entre ellos los Procedimientos Administrativos de Licencias de Funcionamiento; Que, con Ordenanza Nº 014-2018-MPMN del 26 de diciembre del 2018 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, mediante Informe Nº 247-2019-GPP-GM/MPMN, emitido por la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, requiere una opinión legal, a fin que la incorporación de los procedimientos sea elevada a Pleno de Concejo para su aprobación y mediante Informe Nº 0398-2019-GAJ/ GM/MPMN, de fecha 10 de junio del 2019, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica en la cual opina que es procedente incorporar los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento en el TUPA Institucional, el mismo que se encuentra alineado a las disposiciones legales vigentes y ser aprobado vía Ordenanza Municipal;

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO
Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2019-MPMN Moquegua, 1 de julio de 2019 EL ALCALDE PROVINCIAL DE "MARISCAL NIETO"