Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2019 (18/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de julio de 2019 /

El Peruano

Que, el literal c) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 5 314 168 910,00 (CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde hasta por la suma de S/ 2 543 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y hasta por la suma de S/ 2 771 168 910,00 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC, para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios y de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora; Que, el párrafo 46.2 del citado artículo, señala que la transferencia de los recursos a los que se refiere el literal c) del párrafo 46.1 se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios N°s 591, 607, 614, 615, 616, 617, 618 y 624-2019-RCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de tres (03) Gobiernos Locales, para financiar veinticuatro (24) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a diecinueve (19) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), una (01) intervención para la elaboración de expedientes técnicos, tres (03) actividades de fortalecimiento de capacidades y una (01) Intervención de Reconstrucción mediante Actividades (IRA); Que, el párrafo 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones; Que, de acuerdo al párrafo 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de financiamiento de las IRI, la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; contando con dicha opinión técnica conforme al Memorando N° 602-2019-EF/63.04; Que, de acuerdo a la información proporcionada por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante los Memorandos N°s 811, 813 y 834-2019-EF/53.04, estima el costo para el financiamiento de la contratación del personal bajo el régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad y la Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiente al componente de fortalecimiento de capacidades institucionales del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 39 479 912,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de tres (03) Gobiernos Locales,

con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del párrafo 46.1 y el párrafo 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 39 479 912,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de tres (03) Gobiernos Locales, para financiar veinticuatro (24) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

: Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO

8 005 255,00 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

31 474 657,00 --------------------39 479 912,00 ============ En Soles

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobierno Central : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios

6 848 731,00 258 176,00

302 309,00

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL 2.5 Otros Gastos 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Nacional

8 813 821,00 2 225 746,00 ------------------18 448 783,00 -------------------