Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2019 (18/07/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 18
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NORMAS LEGALES
Jueves 18 de julio de 2019 /
El Peruano
Que, el literal c) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 5 314 168 910,00 (CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde hasta por la suma de S/ 2 543 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y hasta por la suma de S/ 2 771 168 910,00 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC, para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios y de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora; Que, el párrafo 46.2 del citado artículo, señala que la transferencia de los recursos a los que se refiere el literal c) del párrafo 46.1 se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios N°s 591, 607, 614, 615, 616, 617, 618 y 624-2019-RCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de tres (03) Gobiernos Locales, para financiar veinticuatro (24) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a diecinueve (19) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), una (01) intervención para la elaboración de expedientes técnicos, tres (03) actividades de fortalecimiento de capacidades y una (01) Intervención de Reconstrucción mediante Actividades (IRA); Que, el párrafo 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones; Que, de acuerdo al párrafo 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de financiamiento de las IRI, la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; contando con dicha opinión técnica conforme al Memorando N° 602-2019-EF/63.04; Que, de acuerdo a la información proporcionada por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante los Memorandos N°s 811, 813 y 834-2019-EF/53.04, estima el costo para el financiamiento de la contratación del personal bajo el régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad y la Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiente al componente de fortalecimiento de capacidades institucionales del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 39 479 912,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de tres (03) Gobiernos Locales,
con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del párrafo 46.1 y el párrafo 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 39 479 912,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de tres (03) Gobiernos Locales, para financiar veinticuatro (24) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles
: Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO
8 005 255,00 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS
31 474 657,00 --------------------39 479 912,00 ============ En Soles
A LA: SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobierno Central : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios
6 848 731,00 258 176,00
302 309,00
3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL 2.5 Otros Gastos 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Nacional
8 813 821,00 2 225 746,00 ------------------18 448 783,00 -------------------