Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2019 (18/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Jueves 18 de julio de 2019

PROYECTO

103

de producción mediante macromedidores", "Registro de datos del sistema de monitoreo hidrológico en las cuencas de aporte de Lamas, Bellavista, San José de Sisa y Cachiyacu".

II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EMAPA SAN MARTÍN S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO N° 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EMAPA SAN MARTÍN S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 20192024 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. FÓRMULA E INCREMENTO TARIFARIO BASE 1. Para las localidades de Tarapoto, Lamas, Bellavista, Saposoa y San José de Sisa
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,140) (1 + ) T2 = T1 (1 +0,110) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,140) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,110) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,105) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

Donde: : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para las mencionadas metas de gestión, el valor resultante deberá redondearse a un decimal. · Para las Metas de Gestión "Plan de Contingencia" y "Seguro de bienes y de responsabilidad civil". Para cada meta se aplicará lo siguiente: - Si la EPS cumple con lo establecido para la presente meta de acuerdo a lo señalado en el Anexo VII del Estudio Tarifario, ICI= 100%. - Si la EPS no cumple con lo establecido para la presente meta de acuerdo a lo señalado en el en el Anexo VII del Estudio Tarifario, ICI= 0%. · Para la Meta de Gestión "Relación de trabajo":

Donde: : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para la presente meta de gestión, el valor resultante deberá redondearse a un decimal. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100% se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada Meta de Gestión. Cabe precisar que, se consideran las metas de gestión referidas a los Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) y a los servicios de agua potable y alcantarillado. Se expresa en porcentaje de la siguiente manera:

T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,108) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

2. Para la localidad de Picota
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 +0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,108) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,105) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Para el primer año regulatorio, se tiene previsto un incremento tarifario en las tarifas de agua potable y alcantarillado de 14,0% en las localidades de Tarapoto, Lamas, Bellavista, Saposoa y San José de Sisa, para asumir: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado, ii) los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados, iii) la reserva para las Actividades de Control de Calidad, iv) la reserva para la Gestión de Riesgos de Desastres (GRD), y v) la reserva para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos. En el segundo año regulatorio, se tiene previsto un incremento tarifario en las tarifas de agua potable y alcantarillado de 11,0% para los servicios de agua potable y alcantarillado para las localidades de Tarapoto, Lamas, Saposoa, San José de Sisa y Bellavista, con la finalidad de continuar cubriendo: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado, ii) los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados, iii) la reserva para las Actividades de Control de Calidad, iv) la reserva para la Gestión de Riesgos de

Donde: : es el número total de metas de gestión. : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las Metas de Gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la Meta de Gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la Meta de Gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio.