Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2019 (18/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40

NORMAS LEGALES

Jueves 18 de julio de 2019 /

El Peruano

11010899010; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional­PROVIAS NACIONAL evalúe y apruebe el valor total de las tasaciones y el pago correspondiente de las áreas de los inmuebles C.C. 11010899018 y C.C. 11010899019, indicados en el Artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional­PROVIAS NACIONAL de cumplimiento a lo señalado en los artículos 3, 4 y 5 de la Resolución Ministerial Nº 958-2018 MTC/01.02, en el extremo referido al área del inmueble con código C.C. 11010899010 afectado por la ejecución de la Obra: "Red Vial N° 6: Tramo Puente Pucusana ­ Cerro Azul ­ Ica, de la Carretera Panamericana Sur". Regístrese, comuníquese y publíquese MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1789943-1

Modifican Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 557-2019 MTC/01 Lima 17 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modificatorias, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, el artículo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad, y que estos diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante los Lineamientos, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, los artículos 44 y 45 de los Lineamientos, establecen que el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, ésta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante y establece las funciones específicas asignadas a las unidades de organización; además, señala que la Sección Segunda se aprueba por Resolución del titular de la entidad; Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2018MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01, se aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones respectivamente; Que, por Decreto Supremo N° 014-2019-MTC, se modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con la finalidad de realizar precisiones

y la redistribución de funciones de sus unidades de organización para facilitar el ejercicio de las mismas; Que, con Informe N° D000005-2019-PCM-SSAPCCG, la Secretaría de Gestión Pública de Presidencia del Consejo de Ministros emitió opinión favorable a la propuesta de modificación de las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante los Memorándum N° 1182 y 10032019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes N° 072 y 054-2019MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, se sustenta y propone la modificación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como consecuencia de las modificaciones a la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones, aprobada por Decreto Supremo N° 014-2019-MTC y otras precisiones en las funciones de las unidades de organización de tercer nivel organizacional; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la modificación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Modifícanse el literal f) del artículo 75, el literal a) del artículo 77, el artículo 134, el literal h) del artículo 135, los literales c) e i) del artículo 138, los literales b) y d) del artículo 140, el artículo 149, el literal e) del artículo 150, el literal a) del artículo 152 y el literal a) del artículo 157 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01, con los siguientes textos: "Artículo 75.- Funciones de la Oficina de Articulación Intergubernamental Son funciones de la Oficina de Articulación Intergubernamental las siguientes: (...) f) Elaborar la propuesta de roles y responsabilidades para cada nivel de gobierno, a través de modelos de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano, en el marco de los lineamientos emitidos por el rector; y, (...)" "Artículo 77.- Funciones de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Impacto Son funciones de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Impacto las siguientes: a) Elaborar las propuestas de lineamientos, mecanismos y metodologías para el monitoreo y evaluación de impacto de las políticas, programas y proyectos en el ámbito del sector; (...)" "Artículo 134.- Dirección de Disponibilidad de Predios La Dirección de Disponibilidad de Predios es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes encargada de las acciones para la adquisición, expropiación y transferencia interestatal de inmuebles a favor del ministerio para el desarrollo de la infraestructura de transportes, en todos sus modos, y plataformas logísticas, en el marco de sus competencias. Mantiene actualizado el inventario de