Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2019 (18/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 18 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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infraestructura de transportes en coordinación con las entidades competentes del sector." "Artículo 135.- Funciones de la Dirección de Disponibilidad de Predios Son funciones de la Dirección de Disponibilidad de Predios las siguientes: (...) h) Evaluar las solicitudes para establecer el derecho de vía de las rutas de la Red Vial Nacional y gestionar su aprobación mediante resolución ministerial;" (...)" "Artículo 138.- Funciones de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre Son funciones de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre las siguientes: (...) c) Evaluar y otorgar autorizaciones, permisos y licencias de operación para la prestación de servicios de transporte ferroviario de personas y mercancías, incluyendo el transporte de materiales y residuos peligrosos; así como, de la infraestructura ferroviaria, en el marco de la normatividad vigente; (...) i) Evaluar las solicitudes del uso del área matriz y zona de ferrocarriles, en el ámbito de su competencia"; "Artículo 140.- Funciones de la Dirección de Circulación Vial Son funciones de la Dirección de Circulación Vial las siguientes: (...) b) Conducir el sistema de emisión de licencias de conducir para vehículos automotores y gestionar la emisión de licencias en el ámbito de su competencia; así como, evaluar y otorgar las autorizaciones a las entidades que prestan servicios complementarios relacionados, en el marco de la normativa vigente; (...) d) Conducir el sistema de homologación, certificación y revisiones técnicas a nivel nacional; así como evaluar y otorgar las autorizaciones a las entidades que prestan servicios complementarios relacionados, en el ámbito de su competencia y en el marco de la normativa vigente; (...)" "Artículo 149.- Dirección de Fiscalizaciones en Transportes La Dirección de Fiscalizaciones en Transportes es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Transportes encargada de la fiscalización de las normas que regulan la gestión de la infraestructura de transportes y plataformas logísticas y la prestación de los servicios de transporte ferroviario, acuático, multimodal y sus actividades complementarias; incluyendo los que resulten de las actividades provenientes de la fiscalización posterior, en el ámbito de competencia del ministerio". "Artículo 150.- Funciones de la Dirección de Fiscalizaciones en Transportes Son funciones de la Dirección de Fiscalizaciones en Transportes las siguientes: (...) e) Fiscalizar la prestación de servicios de transporte acuático comercial y/o turístico de ámbito nacional e internacional; además de aquellos que resulten de las actividades provenientes de la fiscalización posterior; (...)" "Artículo 152.- Funciones de la Dirección de Sanciones en Transportes Son funciones de la Dirección de Sanciones en Transportes las siguientes:

a) Evaluar, imponer y ejecutar sanciones administrativas por incumplimiento de la normatividad vinculada a la gestión de la infraestructura vial, transporte ferroviario, transporte acuático, plataformas logísticas, servicios conexos y actividades complementarias, además de aquellos que resulten de las actividades provenientes de la fiscalización posterior, en el ámbito de su competencia; (...)" "Artículo 157.- Funciones de la Dirección de Gestión Contractual Son funciones de la Dirección de Gestión Contractual las siguientes: a) Evaluar las solicitudes de otorgamiento, transferencia, modificación, renovación, resolución de contrato o cancelación de concesiones para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones; así como, evaluar las solicitudes de otorgamiento, renovación, modificación o ampliación y resolución de concesiones de servicios postales, en el marco de la normatividad vigente; Artículo 2.- Incorporación del literal j) al artículo 138, del literal g) al artículo 170 y del artículo 174 a la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Incorpóranse el literal j) al artículo 138, el literal g) al artículo 170 y el artículo 174 a la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01, con los siguientes textos: "Artículo 138.- Funciones de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre Son funciones de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre las siguientes: (...) j) Las demás funciones que le asigne el(la) director(a) general de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes y aquellas que le sean dadas por normativa expresa". "Artículo 170.- Comisiones Multisectoriales de Naturaleza Permanente Son Comisiones Multisectoriales de Naturaleza Permanente que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones preside, las siguientes: (...) g) Comisión Multisectorial de Seguridad Vial". "Artículo 174.- Consejo y Comisión El Consejo y la Comisión Sectorial de Naturaleza Permanente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, son las siguientes: a) Consejo Consultivo de Radio y Televisión (CONCORTV) b) Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación (CIAA)" Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación del literal i) del artículo 77, del literal b) del artículo 110 y el literal i) del artículo 135 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Deróguense el literal i) del artículo 77, el literal b) del artículo 110 y el literal i) del artículo 135 de la Sección