Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO el acto de notificación de la convocatoria a la Sesión de Concejo Ordinaria Nº 18-2019, dirigida al regidor Leónidas Wilman Hinojosa Fabián, realizada vía telefónica, según consta del Acta de Notificación, de fecha 21 de junio de 2019, suscrita por Francisco Paúl Hinojosa Solís y Anylu Carmen García Cárdenas, alcalde y secretaria general, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Tomepampa, provincia de La Unión, departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Tomepampa, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, para que, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, luego de habérsele notificado con el presente pronunciamiento, cumpla con notificar al regidor Leónidas Wilman Hinojosa Fabián con la convocatoria a sesión extraordinaria donde se resuelva el pedido de vacancia seguido en su contra. Artículo Tercero.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Tomepampa, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, para que, una vez realizado el acto señalado en el artículo segundo del presente pronunciamiento, remita, en original o copias certificadas, los documentos referidos en el considerando 10 de la presente resolución, bajo apercibimiento de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. Artículo Cuarto.- REQUERIR a la secretaria general y a los miembros del Concejo Distrital de Tomepampa, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, que, en lo sucesivo, en la elaboración de las actas de las sesiones de concejo, cumplan con lo señalado en el considerando 11 del presente pronunciamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1809538-3

Nº 029-2019-CMP-MPP, de la misma fecha (fojas 2 y 3), el Concejo Provincial de Purús, departamento de Ucayali, declaró la vacancia de Rafael del Águila Conshico en el cargo de regidor, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). En vista de ello, mediante Oficio Nº 238-2019-MPPALC, recibido el 5 de setiembre de 2019 (fojas 1)1, el alcalde de la citada comuna remitió el expediente de la referida vacancia y solicitó que se convoque al suplente que corresponda a fin de completar el Concejo Provincial de Purús para el periodo de gobierno 2019-2022. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23, de la LOM, el correspondiente concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de 2/3 del número legal de sus miembros. 2. En este caso, el citado concejo edil, por unanimidad, declaró la vacancia del regidor Rafael del Águila Conshico, en la Sesión Extraordinaria Nº 018-2019-CMP, del 2 de setiembre de 2019, que se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 029-2019-CMP-MPP (fojas 2 y 3), debido a su fallecimiento, lo cual se encuentra acreditado por el acta de defunción que obra a fojas 4. 3. Consecuentemente, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al regidor Rafael del Águila Conshico y convocar al suplente que lo reemplazará en el cargo, de conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, que establece que, en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. 4. En ese sentido, en aplicación de lo dispuesto en dicho artículo 24, corresponde convocar al candidato no proclamado hábil, Lorenzo Bardales Jijida, identificado con DNI Nº 00191324, de la organización política Ucayali Región con Futuro, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con ocasión de las Elecciones Municipales de 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Rafael del Águila Conshico como regidor del Concejo Provincial de Purús, departamento de Ucayali, con motivo del proceso de Elecciones Municipales de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Lorenzo Bardales Jijida, identificado con DNI Nº 00191324, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Purús, departamento de Ucayali, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Purús, departamento de Ucayali
RESOLUCIÓN Nº 0135-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019002009 PURÚS - UCAYALI CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, once de setiembre de dos mil diecinueve VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por el alcalde de la Municipalidad Provincial de Purús, departamento de Ucayali, debido a que se declaró la vacancia del regidor Rafael del Águila Conshico, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En la Sesión Extraordinaria Nº 018-2019-CMP, del 2 de setiembre de 2019, formalizada en el Acuerdo de Concejo

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Dicho oficio fue presentado, el 5 de setiembre de 2019, ante la Oficina Desconcentrada - Sede Ucayali, y recibido por la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el 11 de setiembre de 2019.

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