Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

36

NORMAS LEGALES

Sábado 21 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-IN (Sección Primera) y la Resolución Ministerial N° 10502019-IN (Sección Segunda); y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Freddy Arturo Inca Condorpuza y del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Edwar Enrique Nicho Leonardo, del 21 al 25 de setiembre de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Viáticos 370,00 X Días 4 X Personas 2 = Total US$ 2 960,00

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1809339-1

Autorizan ampliación de permanencia de la Superintendenta Nacional de MIGRACIONES en los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1429-2019-IN Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 000441-2019-MIGRACIONES/ MIGRACIONES de la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Informe N° 002376-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 000078-2019/IN/VOI de fecha 28 de agosto de 2019, el Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior hace de conocimiento de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, el Oficio N° 1684-2019-JUS/CDJE-PPES a través del cual la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita la designación de un representante de la institución a efectos que forme parte de la delegación peruana que intervendrá en la Audiencia Pública referida a la "Situación de derechos humanos de personas migrantes y refugiados venezolanos en Perú" convocada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el marco de su 173° Periodo Ordinario de Sesiones, a llevarse a cabo el día 24 de setiembre de 2019, en el Distrito de Columbia de los Estados Unidos de América, precisando que el representante designado deberá arribar al Distrito de Columbia, con la debida anticipación a efectos de participar de una reunión previa de coordinación con la referida Procuraduría Supranacional; Que, se ha visto por conveniente designar la señora Frieda Roxana Del Águila Tuesta, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, para que participe del evento antes mencionado; Que, el artículo 169 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 10502019-IN, establece que los organismos públicos adscritos al Ministerio del Interior están sujetos a los lineamientos técnicos del Sector Interior, con quien coordinan sus objetivos y estrategias, encontrándose entre ellos, a la Superintendencia Nacional de Migraciones; Que, con Informe N° 000611-2019-AJ/MIGRACIONES de fecha 13 de setiembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones, estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la citada funcionaria, para que participe del evento antes indicado, toda vez que los aspectos a tratar como parte de la audiencia antes referida, tienen efectos en la política nacional migratoria y en las labores propias de dicho organismo, y con ello, impactos en los objetivos estratégicos institucionales, con especial atención en el fortalecimiento del principio de seguridad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras, siendo la asistencia a este evento de interés nacional en tanto establece la posición del Estado Peruano respecto a su actuación en el tratamiento del fenómeno migratorio venezolano en la región y las acciones desarrolladas hasta la fecha;

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.